Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos número 772/2002 seguidos a instancia de María de los Ángeles Rodríguez Galán contra Mundo Novias, S.L. y otros, sobre reclamación de cantidades, la magistrada de este juzgado, Isabel Olmos
Parés, dictó sentencia, en fecha 24 de enero de 2003, con la siguiente parte dispositiva:
«Que, estimando la demanda interpuesta por María de los Ángeles Rodríguez Galán, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la cantidad de 1.613,33 euros por los conceptos que se expresan en el hecho probado segundo de esta resolución y, en ese sentido, debo condenar y condeno a la empresa Mundo Novias, S.L. a que, estando y pasando por tal declaración, abone a la actora la suma de 1.613,33 euros, en concepto de salarios y liquidación.
Y debo absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del ET.
Y debo absolver y absuelvo a la Intervención Judicial (Rafael Moreno García) de las pretensiones de la demanda.
Notifíqueseles esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sentencia no pueden presentar recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación a Mundo Novias, S.L., que tuvo su última dirección conocida en la calle Real, 9, A Coruña y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 21 de febrero de 2003.
El secretario judicial
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