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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Lunes, 17 de marzo de 2003 Pág. 3.161

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 5 de marzo de 2003 por la que se clasifica como benéfico-social la Fundación Educación e Deporte de Santiago de Compostela, Fedesa.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Educación e Deporte de Santiago de Compostela, Fedesa con domicilio en Santiago de Compostela.

Supuestos de hecho.

1. La fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela el 31 de diciembre de 2002, ante el notario Xosé Antonio Cortizo Nieto, con el número mil ciento sesenta y nueve de su protocolo por Roberto Pereira Costa, Waldo Rueda Soto, Rafael Romero López-Grado, Francisco Montero García y Manuel Ángel Cabana Rey, intervienen todos en nombre propio.

3. Según establece el artículo 7 de los estatutos, el objeto de la fundación, es promover y apoyar el deporte y la educación de los jóvenes gallegos. Para la consecución del objetivo anterior se establecen los seguientes fines:

a) Participación activa en la creación de la infraestructura necesaria para la práctica del deporte por los jóvenes de la ciudad y de su área de influencia.

b) Promoción y divulgación de todo tipo de actividades deportivas.

c) Realización de eventos deportivos como medio de promoción y difusión de la cultura deportiva entre los jóvenes.

d) Promoción e impartición de formación dirigida especialmente a jóvenes.

e) Desarrollo de todo tipo de actividades docentes: seminarios, jornadas, conferencias, cursos, másters dirigido directa o indirectamente a los jóvenes.

f) Promoción y execución de actividades lúdico educativas.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Manuel Ángel Cabana Rey, como presidente, Roberto Pereira Costa, como secretario, y Waldo Rueda Soto, Rafael Romero López-Grado, y Francisco Montero García, como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, propuesta de clasificación como benéfico-social de la Fundación Educación e Deporte de Santiago de Compostela, Fedesa, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de

interés gallego, procede su clasificación como benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la comisión de secretarios generales en su reunión del día 3 de marzo de 2003.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud

DISPONGO:

Clasificar como benéfico-social la Fundación Educación e Deporte de Santiago de Compostela, Fedesa adscribiéndola a la Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales

y Administración Pública