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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Lunes, 17 de marzo de 2003 Pág. 3.162

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 14 de marzo de 2003 por la que se declara de interés gallego la Fundación María José Jove y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones, sección de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Con fecha 14 de marzo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 5 de marzo de 2003 por la que se clasifica como mixta la Fundación María José Jove, adscribíendola a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública,

que tendrá que ejercer plenamente el protectorado sobre ella.

La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña el 28 de enero de 2003, ante el notario Ramón González Gómez, con el número cuatrocientos veintisiete de su protocolo por Manuel Jove Capellán, Amparo Santos Molinos, Manuel Ángel Jove Santos, Felipa Jove Santos, Gabriel Nieto Alvarez-Uría, Salustiano Carro Páramo, Juan Pérez Rodríguez, Francisco Javier Acebo Sánchez y Federico Cañas García-Rojo, que intervienen en nombre propio.

Según establece el artículo 7 de los estatutos, la fundación tiene por objeto la defensa de los derechos humanos y, en particular, de la mujer y de la infancia, asistencia social e integración social, con especial atención a la infancia, cívicos, educativos, culturales y, en particular, la difusión de las artes plásticas y de la música, científicas, deportivas, sanitarias, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la acción social, de defensa de los animales y del medio ambiente, de desarrollo de la sociedad de la información, de investigación científica y desarrollo tecnológico y, de modo genérico, podrá llevar a cabo cuantas actuaciones sean conducentes al mejor logro de sus fines.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34.12º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y su Presidente, y según lo establecido en los artículos 8 de la Ley 7/1983, do 22 de junio, de régimen de las Fundaciones de Interés Gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y 32.3º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones de Interés Gallego,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Declarar de interés gallego la Fundación María José Jove al cumplir sus estatutos las prescripciones que tal efecto señala la vigente legislación en materia de Fundaciones de Interés Gallego.

2. Ordenar la inscripción de la Fundación María José Jove en el registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, a los efectos constitutivos que señala la Ley 7/1983, de 22 de xunio, de régimen de las Fundaciones de Interés Gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública