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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Miercoles, 05 de marzo de 2003 Pág. 2.698

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (474/2002).

Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 474/2002 seguidos por instancia de Álvaro Allende Bestieiro contra Aluminios Magal, S.L. sobre reclamación de cantidades, la magistrada jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia en fecha 15 de enero de 2003 con la siguiente parte dispositiva:

«Que, estimando la demanda presentada por Álvaro Allende Bestieiro, debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la cantidad de 2.501,83 euros por los conceptos que se expresen en el hecho probado según de esta resolución y en este sentido debo condenar y condeno a la empresa Aluminios Magal, S.L. a que estando y pasando por tal declaración abone al actor la cantidad de 2.501,83 euros en concepto de salarios y liquidación.

Y debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del ET.

Notifíqueseles esta resolución a las partes, a las que se hará saber que, contra la referida sentencia cabe recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, por comparecencia, o por escrito de las partes, o su abogado o representante legal, designando al letrado que deberá presentarlo, es posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada, y que en su caso será resuelto y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La empresa condenada deberá asimismo acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones de este juzgado abierta en el BBV, identificador nº 5602-60, pudiendo sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 150,25 euros en la misma cuenta y en calidad de depósito en un impreso

separado al importe de la condena.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Aluminios Magal, S.L. que tuvo su último domicilio conocido en polígono Alberto Castaño, nave 21, cp 15179. Perillo, Oleiros (A Coruña), y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña, 15 de enero de 2003.

O secretario judicial

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