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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Miercoles, 29 de enero de 2003 Pág. 1.060

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE (SECCIÓN SEGUNDA)

CÉDULA de notificación (26/2002).

Alfonso Travado y Lira, secretario de la Audiencia Provincial de Ourense, sección segunda, certifico que en el rollo de apelación nº 26/2002 que se sigue ante esta sección segunda, se dictó sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

(Apelación civil)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense, constituida por Abel Carvajales Santa-Eufemia, presidente, Mª Mercedes Pérez Martín-Esperanza, Fernando Alañón Olmedo, magistrados, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente sentencia:

En Ourense a veinticuatro de abril de dos mil dos.

Vistos, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense, actuando como tribunal civil, los autos de juicio dela cognición procedente del Juzgado Mixto número uno de O Carballiño, seguidos con el nº 82/1998 y nº 181/1998, rollo de apelación nº 26/2002, entre partes, como apelante Manuela Rodríguez Blanco, bajo la dirección del letrado Francisco González Vázquez, y como apelado José Rodríguez Blanco, bajo la dirección del letrado Francisco Conde Fernández, y como apelados-rebeldes, Roberto Pousa Rodríguez, Nélida Blanco, Ramona Moure Gil, Juan Blanco Cibeira, Julio Blanco Cibeira, Manuel López Lorenzo (fallecido), Rosa Cibeira Peña, José Peña Moure, Modesto Vázquez Gutiérrez, Tarsila Ojea Moure, Manuel Álvarez Fernández. Es ponente Mª Mercedes Pérez Martín-Esperanza.

Fallo que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Manuela Rodríguez Otero contra la sentencia dictada en los autos de juicio de cognición 82/1998 acumulados a los 181/1998 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Carballiño, rollo de apelación nº 26/2002, de fecha 10 de enero de 2001, que debemos confirmar y confirmamos la mencionada resolución, imponiendo las costas del recurso a la parte apelante.

Al notificar esta resolución a las partes, háganse las indicaciones que se refiere al artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que en unión de los autos originales se remitirá certificación al juzgado de procedencia para su ejecución y demás efectos, juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Abel Carvajales Santa-Eufemia. Mª Mercedes Pérez Martín-Esperanza. Fernando Alañón Olmedo. Rubricadas.

Rubricado