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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 05 de agosto de 2002 Pág. 12.000

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (94/2002).

Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 94/2002 seguidos por instancia de Julio Sánchez Botana contra Cegape, S.L. sobre

salarios, la magistrada-jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia en fecha 14-6-2002 con la siguiente parte dispositiva:

Que, aceptando la demanda interpuesta por Julio Sánchez Botana debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la cantidad de 2.878,13 euros (478.880 pesetas) por los conceptos que se expresan en el hecho probado según esta resolución y en este sentido debo condenar y condeno a la empresa Cegape, S.L. a que estando y pasando por tal declaración haga el pago al actor de la cantidad de 2.878,13 euros (478.880 pesetas) por el concepto de salarios.

Notifíqueseles esta resolución a las partes, a las que se hará saber que, contra la referida sentencia cabe recurso de suplicación que deberá anunciarse ante este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, por comparecencia o por escrito de las partes, o su abogado o representante legal, designando al letrado que deberá interponerlo, siendo posible su anuncio por la mera manifestación de aquella al ser notificada y que, en su caso, será resuelto y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La empresa condenada deberá asimismo acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones de este juzgado abierta en el BBV, identificador 5602-60, pudiendo sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, constatando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 150,25 euros en la misma cuenta, identificador 5602, en calidad

de depósito y un impreso separado al importe de la condena.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la empresa Cegape, S.L. que tuvo su último domicilio conocido en Agra de Bragua, 22, A Coruña, y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña, 25 de junio de 2002.

El secretario judicial

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