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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 28 de junio de 2002 Pág. 10.107

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (779/2001).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio

de que en los autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 779/2001 contra la empresa Atlántica Multimedia, S.L. sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:

«Sentencia. A Coruña, 7 de mayo de 2002. Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo Social número dos de esta ciudad, vio estos autos de juicio 779/2001 seguidos por instancia de Mercedes Fernández Romero, mayor de edad, asistida por el letrado Manuel de la Torre Gómez, y con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, representado y asistido por el letrado Javier Morado Díaz contra la empresa Atlántica Multimedia, S.L., que no compareció, siendo el objeto de la reclamación, salarios.

Siguen hechos y fundamentos jurídicos.

Decido que estimando la prescripción alegada por el Fondo de Garantía Salarial, y estimando parcialmente la demanda interpuesta por Mercedes Fernández Romero, debo condenar y condeno a la empresa Atlántica Multimedia, S.L. a que abone a aquélla la cantidad de 5.015,91 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra dicha resolución sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio plazo si el recurrente no disfruta del beneficio de la justicia gratuita. Deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad de 25.000 pesetas en la cuenta de Depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5603, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Atlántica Multimedia, S.L., cuya dirección se desconoce, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula en A Coruña a 7 de mayo de 2002.

El secretario judicial

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