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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Jueves, 16 de mayo de 2002 Pág. 7.209

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 169/2002, de 25 de abril, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de la obra número 127, Plan de Obras y Servicios, Trabada.-Trabada-Sante-A Ría de Abres, ensanche y mejora del punto kilométrico 1,60 al 3,60, (Ayuntamiento de Trabada).

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día veintisiete de julio de dos mil uno, aprobó el proyecto de obra número 127, Plan de Obras y Servicios, Trabada-Trabada-Sante-A Ría de Abres, ensanche y mejora punto kilométrico 1,60 al 3,60, y en la sesión del veintinueve de octubre de dos mil uno, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte de la Diputación Provincial de Lugo fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día cuatro de abril de dos mil dos.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día veintisiete de diciembre de dos mil uno.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala la diputación, la carretera donde se va a actuar se sitúa en una comarca con una densidad de población alta, y con una economía basada en las explotaciones ganaderas y forestales, por lo que se hace necesario el ensanche y mejora del trazado, así como la eliminación de un punto negro.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de abril de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Lugo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de la obra número 127, Plan de Obras y Servicios, Trabada-Trabada-Sante-A Ría de Abres, ensanche y mejora del punto kilométrico 1,60 al 3,60.

Santiago de Compostela, veinticinco de abril de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales