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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Viernes, 26 de abril de 2002 Pág. 5.883

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de rematantes y aserraderos de madera de la provincia de A Coruña.

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de rematantes y aserraderos de madera de la provincia de A Coruña, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 15-3-2002, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Rematantes y Aserradores de Madera (Apralco), y, de la parte social por las centrales sindicales UGT, CC.OO. y CIG el día 29-1-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 20 de marzo de 2002.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Acta de la comisión paritaria para la firma de las tablas salariales del año 2002, del convenio de la industria de la 1ª transformación de la madera (rematantes y aserradores) de A Coruña

Asistentes:

Parte empresarial:

Ramón Romero Quintáns.

Benito García Sánchez.

Manuel Piñeiro Esperante.

Parte sindical:

UGT: Juan Carlos Tubío Redondo.

CC.OO: Aurora Iglesias Couselo.

CIG: Vicente Moreiras Sobrido.

En Santiago de Compostela, a las 16.30 horas del día 29 de enero del año 2002, se reúnen los componentes de la comisión paritaria del convenio colectivo provincial de aserradores y rematantes de la madera de la provincia de A Coruña, para proceder, dando

cumplimiento a lo pactado en los artículos 31, 32 y 33 del convenio vigente, a la revisión y confección de las tablas salariales correspondientes al período comprendido desde el 1 de enero del año 2002 hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Reunidas ambas partes, se procede a la revisión salarial del período 1 de enero de 2001 hasta 31 de diciembre de 2001 y a la confección de las tablas salariales correspondientes al año 2002.

Debatido entre las partes presentes el contenido del artículo 32 del convenio vigente, se acuerda que la interpretación del mismo garantiza una revisión salarial de incrementar en 0,75 puntos el IPC real. De esta manera, la revisión de las tablas salariales y dietas correspondientes al año 2001 serán realizadas a partir de las del año 2000 incrementadas en 3,45 puntos, correspondientes a 2,7 puntos del IPC real del año 2001 más 0,75 puntos. Y en aplicación del artículo 31 del citado convenio, se incrementan las tablas y dietas del año 2001 ya revisadas, en 2,75 puntos correspondientes a 2 puntos de IPC previsto para el año 2002 más 0,75 puntos y al salario además se le incrementará la cantidad de 6,87 euros en concepto de la pérdida de antigüedad; estableciendo con estas operaciones las tablas salariales y dietas del año 2002, tal y como aparecen reflejadas en el anexo que acompaña a la presente acta.

En cuanto al artículo 33 se acuerda revisar las dietas y desplazamientos en un incremento igual al IPC real del año 2001, que se situó en 2,7 puntos.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, a las 18.30 horas de la fecha arriba indicada, firmando, en señal de conformidad, la totalidad de los asistentes.

ANEXO

Tablas salariales para el año 2002

Grupo

profesional

Nivel

salarial

Salario

mensual

Cómputo

anual

Atrasos

año 2001

ITécnico proyectista680,92 A10.548,57 A67,10 A

Perito665,19 A10.328,35 A65,64 A

ATS665,19 A10.328,35 A65,64 A

Jefe administrativo 1ª680,92 A10.548,57 A67,10 A

Encargado665,19 A10.328,35 A65,64 A

IIDelineante649,42 A10.107,57 A64,18 A

Jefe administrativo665,19 A10.328,35 A65,64 A

IIIAuxiliar analista635,77 A9.916,47 A62,93 A

Oficial administrativo 1ª649,42 A10.107,57 A64,18 A

Oficial administrativo 2ª635,77 A9.916,47 A62,93 A

Auxiliar administrativo621,10 A9,711,09 A61,57 A

Oficial de 1ª649,42 A10.107,57 A64,18 A

Oficial de 2ª635,77 A9.916,47 A62,93 A

Ayudante621,10 A9.711,09 A61,57 A

Peón especializado608,57 A9.535,67 A60,42 A

Peón593,34 A9.322,45 A59,01 A

Ordenanza593,34 A9.322,45 A59,01 A

Guarda y vigilante593,34 A9.322,45 A59,01 A