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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Jueves, 29 de noviembre de 2001 Pág. 15.254

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (137/2001).

Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 137/2001, a instancia de José Manuel Canedo Cardama y otros contra Seijo Fontaneros, S.L., y Fogasa, sobre salarios, en los que ha recaído sentencia de fecha 18-10-2001 que, copiada en sus particulares necesarios, dice así:

«Fallo que, estimando la demanda promovida por José Manuel Canedo Cardama, Miguel González Fraga y Alberto Fraga Rabuñal, contra la empresa Seijo Fontaneros, S.L. y Fogasa debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora las cantidades de 442.567 pesetas para el primero de ellos, 378.022 pesetas para el segundo y 403.168 pesetas para el tercero de ellos por todos los conceptos reclamados en la demanda.

Así, por esta mi sentencia, contra la que se podrá recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contado a partir del siguiente al de su notificación, anunciando el propósito de presentarlo mediante comparecencia o por escrito, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es empresario, exhiba ante este Juzgado de lo Social el resguardo acreditativo de haber depositado en el Banco de Bilbao Vizcaya, oficina principal de esta ciudad, en la cuenta corriente de este juzgado, número 5605, clave 60, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por

el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso y quedará firme la sentencia, debiendo consignar además la cantidad de 25.000 pesetas en la misma cuenta, clave 65, entregándose el resguardo en la secretaría al tiempo de interponer el recurso, declarándose éste desistido de no constitutirse dicho depósito en la forma indicada, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Seijo Fontaneros, S.L., expido y firmo la presente en A Coruña, a 30 de octubre de 2001.

La secretaria judicial

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