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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Jueves, 25 de octubre de 2001 Pág. 13.839

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de adhesión de la empresa María Martínez Otero, S.A. al convenio colectivo de carpintería, ebanistería y actividades afines de la provincia de Pontevedra.

Visto el texto del acta de la reunión, de fecha 20-8-2001, suscrita entre la representación social y empresarial de la empresa María Martínez Otero, S.A. en la que muestran la conformidad de adhesión de dicha empresa al convenio colectivo del sector de carpintería, ebanistería y actividades afines de la provincia de Pontevedra, que fue publicado en el BOP nº 88, del 8 de mayo de 2001 (cor. errores nº 107, del 5 de junio y nº 114, del 14 de junio), y en el DOG nº 91, del 11 de mayo de 2001 (cor. errores nº 131, del 6 de julio), que por economía procedimental no procede publicar con la presente resolución, por haberlo hecho ya, y por lo tanto ser de general conocimiento. Procede que, al amparo de lo estable

cido en el artículo 92 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo de esta delegación, de la adhesión de la empresa María Martínez Otero, S.A., al convenio colectivo del sector de carpintería, ebanistería y actividades afines de la provincia de Pontevedra, que fue publicado en el BOP nº 88, del 8 de mayo de 2001 (cor. errores nº 107, del 5 de junio y nº 114, del 14 de junio) y en el DOG nº 91, del 11 de mayo de 2001 (cor. errores nº 131, del 6 de julio), del que se obvia la publicación del texto con la presente resolución por haber sido publicado ya en los diarios oficiales citados, por lo que nos remitimos en toda su integridad a estas publicaciones.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 5 de septiembre de 2001.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Vigo

Convenio colectivo de la empresa María Martínez Otero, S.A.

Asistentes:

-En representación de la empresa:

Alejandro Durán Martínez.

-CIG:

José A. Moimenta Cabaleiro.

Antonio J. Iglesias Valiñas.

Gabriel Díaz Sueiro.

-UGT:

Leonardo López Riveiro.

José Juan Barreiro Otero.

-CC.OO.:

Bautista Peón Pérez.

En A Estrada y en los locales de la empresa María Martínez Otero, S.A., siendo las once horas del día veinte de agosto de dos mil uno, se reunen las personas arriba relacionadas a fin de deliberar sobre el futuro del convenio que empresa y trabajadores suscribieron en el año mil novecentos noventa y ocho, cuya vigencia expiró el treinta y uno de diciembre de dos mil, sin que ninguna de las partes hubiese cursado su denuncia hasta el momento.

Una vez que todas las partes se reconocen entre si capacidad y representatividad, comienza un debate sobre la conveniencia o no de suscribir un nuevo texto que sustituya el anterior.

Tanto por la parte empresarial como por la parte social se llega a la conclusión de que es pertinente en estos momentos acogerse al convenio provincial de carpintería, ebanistería de la provincia de Pontevedra, dado el avance experimentado en este texto en los últimos años, por lo que acuerdan unánimemente derogar definitivamente el convenio de empresa y acogerse al citado convenio provincial, dando parte de su decisión y remitiendo copia de la presente acta, a los efectos oportunos, a la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la reunión, siendo las once cuarenta y nueve horas de la fecha indicada.