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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Miercoles, 08 de agosto de 2001 Pág. 10.746

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 18 de julio de 2001 por la que se convocan premios a experiencias y proyectos de promoción de conductas tolerantes realizados por profesores de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos.

A través de la educación se transmiten y se ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad, se adquieren los hábitos de convivencia democrática y de respeto mutuo y se prepara a las personas para la participación responsable en las distintas actividades e instancias sociales. Así lo establece la Ley

orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, que en el artículo 1 del título preliminar señala, entre otros fines del sistema educativo, el de la formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos, la formación para el respeto de los derechos y libertades fundamentales y para el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

Por otra parte, en los decretos 374/1996, de 17 de octubre, 324/1996, de 26 de julio, y 7/1999, de 7 de enero, que establecen, respectivamente, el reglamento orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, el reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, y la implantación y regulación de los centros públicos integrados de enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Galicia, se hace referencia expresa al reglamento de régimen interior, que deberá tener en cuenta, entre otros aspectos, el referido a las normas de convivencia que favorezcan las relaciones entre los distintos miembros de la comunidad educativa.

Asimismo, el Decreto 120/1998, de 23 de abril, por el que se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia y la posterior normativa que lo desarrolla, establecen la necesidad de potenciar la implementación de programas y actuaciones que favorezcan las relaciones sociales y el clima de convivencia en los centros educativos, implicando a toda la comunidad educativa en su desarrollo.

Por todo ello, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria está impulsando actividades de investigación e innovación educativa como medio de promoción y actualización profesional del profesorado y de mejora de la calidad de la enseñanza.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, esta consellería

DISPONE:

Primero.-Objeto de la convocatoria.

Se convocan ayudas, dentro de los programas de innovación educativa, ocho premios a experiencias y a proyectos de promoción de conductas tolerantes, para toda la enseñanza no universitaria, que se estén llevando a cabo o se vayan a desarrollar durante el curso 2001-2002.

Segundo.-Dotación económica.

Los ocho premios a los que se alude en el artículo anterior estarán dotados económicamente según la siguiente distribución:

Dos primeros premios de 300.000 pesetas.

Tres segundos premios de 200.000 pesetas.

Tres terceros premios de 100.000 pesetas.

La cantidad total destinada a premios es, por lo tanto, de un millón quinientas mil pesetas, y su pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria

07.04.322I.640.1 una vez realizada la retención correspondiente.

Tercero.-Condiciones de participación.

a) Podrán participar en la presente convocatoria los profesores de los centros docentes que se indican: colegios de educación infantil y primaria; colegios de educación primaria; centros públicos integrados; institutos de educación secundaria; escuelas oficiales de idiomas; instituto gallego de bachillerato a distancia y centros colaboradores; conservatorios de música; escuelas de artes y centros de educación permanente de adultos.

b) Los solicitantes, individualmente o en grupo, deberán presentar un programa de la experiencia o un proyecto de aplicación práctica en el ámbito educativo sobre promoción de conductas tolerantes.

Cuarto.-Solicitudes.

Las solicitudes seguirán el modelo establecido en el anexo I de esta orden e irán acompañadas de la documentación que se indica a continuación:

a) Instancia dirigida a la directora general de Ordenación Educativa y Formación Profesional, firmada por el autor o autora o, en su caso, por el coordinador o coordinadora responsable del proyecto, según el modelo del anexo I de la presente orden.

b) Certificación de la dirección del centro o centros educativos (en el caso de experiencias o proyectos compartidos), acreditativa de que los participantes prestan sus servicios en el mismo como personal docente.

c) Memoria descriptiva, de un máximo de 20 folios, de la experiencia educativa en la que se reflejarán los objetivos y contenidos desarrollados o a desarrollar, la metodología utilizada o a utilizar, fechas o períodos de su realización, desarrollo de la experiencia y criterios y procedimientos de evaluación, según el modelo del anexo II.

d) Declaración jurada, si procede, de que la experiencia presentada no fue premiada o subvencionada con ayudas procedentes de cualquier otra Administración o ente público.

Quinto.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes firmadas por el/la autor/a o coordinador/a de la experiencia o proyecto se dirigirán a la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (San Lázaro, 15771 Santiago de Compostela), presentándose a través del registro general. También podrán utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4º de la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de que optasen por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2001.

El proyecto se presentará en soporte informático y en soporte papel, por triplicado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, aquellas solicitudes que no aporten los requisitos señalados, se requerirá al interesado para que en un plazo de dez días enmiende las faltas o acompañe los documentos preceptivos; de no hacerlo se considerará que desistió de su petición y se archivará el expediente.

Sexto.-Composición y funciones de la comisión.

1. Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: la directora general de Ordenación Educativa y Formación Profesional, o persona en la que delegue.

Vocales: el jefe de Servicio de Ordenación e Innovación Educativa, el jefe de Servicio de Formación del Profesorado y un inspector educativo.

Secretario/a: un/una funcionario/a de la Subdirección General de Ordenación Educativa.

2. La comisión, en su caso, podrá contar con el asesoramiento de especialistas.

3. La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases, así como la cesión del derecho de la propiedad de los trabajos premiados, en los que podrán introducirse las variaciones que se consideren más adecuadas a su finalidad.

Séptimo.-Criterios de valoración.

La comisión seleccionará las experiencias y los proyectos teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) La originalidad de la experiencia o proyecto y el hecho de no haber sido premiado o subvencionado con anterioridad.

b) La calidad pedagógica.

c) Los resultados de la experiencia o la viabilidad de su realización con el máximo de aprovechamiento, así como la metodología empleada.

d) La transferibilidad.

e) La mayor implicación e impacto en la comunidad escolar.

f) La posibilidad de ser evaluado objetivamente.

Octavo.-Comunicación.

La propuesta de concesión de premios emitida por la comisión evaluadora se elevará al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, para su resolución y publicación en el Diario Oficial de Galicia, pudiendo declararse desiertos los premios anunciados o determinar su acumulación o compartición. Contra esta resolución, que agotará la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de

reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Las solicitudes se entenderán denegadas de no dictarse resolución en el plazo máximo de resolución establecido en el artículo noveno.

Noveno.-Plazo de resolución.

El plazo máximo de resolución de la presente convocatoria será el 15 de diciembre de 2001.

Décimo.-Reconocimiento de las actividades realizadas.

Esta actividad tendrá la consideración de actividad de innovación educativa al amparo del apartado 14.1º de la Orden de 13 de diciembre de 1994 (DOG del 13 de enero de 1995) sobre el procedimiento de reconocimiento de las actividades de promoción del funcionario de carrera docente no universitario. La Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional expedirá la certificación correspondiente al profesorado participante una vez presentada la memoria correspondiente y recibido el informe favorable.

Undécimo.-Justificación de la actividad.

En el caso de tratarse de proyectos premiados, con el fin de dar cumplimiento al artículo 10 de esta orden, el autor/a o coordinador/a quedará obligado a presentar antes del 30 de junio de 2002 una memoria final, de acuerdo con el modelo del anexo III.

Duodécimo.-Retirada de la documentación.

Las personas interesadas o sus representantes legales podrán retirar la documentación de los trabajos no seleccionados y que no vayan a ser objecto de publicación, en la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional en el plazo de 30 días a partir de la publicación de la resolución de concesión de premios de la presente convocatoria.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la directora general de Ordenación Educativa y Formación Profesional para dictar las disposiciones necesarias en el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO II

Aspectos que hay que desarrollar en la memoria descriptiva para la solicitud de premios a experiencias o proyectos de innovación educativa sobre programas de promoción de conductas tolerantes:

1. Datos de identificación:

1.1. Título.

1.2. Ámbito de aplicación del proyecto: (centro/s, calle, localidad, provincia).

1.3. Delimitación del campo de trabajo: (ciclo/s, curso/s, área/s...).

1.4. Autor/a o coordinador/a de la experiencia o proyecto.

1.5. Datos bancarios del/a autor/a o coordinador/a del grupo.

1.6. Datos personales y profesionales del profesorado que interviene en el proyecto y funciones de cada uno en éste.

2. Diseño:

2.1. Justificación del proyecto: (contexto en el que surge, cuestiones a las que pretende responder...).

2.2. Objetivos que se pretenden: (qué se va a experimentar y definir su finalidad...).

2.3. Metodología seguida o que se va a seguir: (hipótesis formuladas, selección de variables, técnicas utilizadas o a utilizar, organización...).

2.4. Programación pormenorizada del proyecto: (duración, fases, contenidos, secuencias...).

2.5. Aspectos o elementos para evaluar y su incidencia en la práctica docente.

2.6. En el caso de participantes de varios centros se especificarán los mecanismos establecidos para la coordinación, intercambio de información, puesta en común y evaluación conjunta.

ANEXO III

Modelo que se seguirá para la presentación de la memoria final:

-Descripción de la experimentación y metodología empleada.

-Objetivos conseguidos.

-Recursos empleados.

-Ítems empleados en el procedimiento evaluativo.

-Conclusiones más destacables.