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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Miercoles, 08 de agosto de 2001 Pág. 10.746

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 20 de julio de 2001 por la que se clasifica como de interés social la Fundación Galega da Muller Emprendedora.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Galega da Muller Emprendedora, con domicilio en la sede de la Confederación de Empresarios de Galicia, en Santiago de Compostela, calle do Vilar, 54.

Supuestos de hecho.

1. Ángeles Iglesias Daviña, en calidad de representante de la fundación, en escrito de 2 de julio de 2001, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela, el día 14 de junio de 2001, ante el notario Enrique Roger Amat, con el número 2517 de su protocolo, por Loida Zamuz Martínez, Ana-María Méndez Gómez, Ángeles de la Iglesia Daviña, María Teresa Ramona Rosario Vidal Gallego y Pilar Estévez Linares, que interviene en representación, como mandataria verbal de María José Rouco Lamela.

3. Según consta en el artículo seis de sus estatutos, el objeto de la fundación es la potenciación, el refuerzo y la participación de la mujer en el mundo empresarial.

El padronato tendrá plena libertad para determinar la actividad de la fundación, dentro de sus fines, de cara a aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquél, sean los más adecuados o convenientes en cada momento, constituyendo el objeto fundacional el fomento, promoción y el reconocimiento de toda clase de iniciativas que refuercen la participación y presencia de la mujer en el mundo empresarial y social.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Loida Zamuz Martínez como presidenta, Ana María Méndez Gómez como vicepresidenta, Ángeles de la Iglesia Daviña como secretaria y María Teresa Ramona Rosario Vidal Gallego y María José Rouco Lamela como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Galega da Muller Emprendedora, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés social y su

adscripción a la Consellería de Familia y Promoción de Empleo, Mujer y Juventud.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 17 de julio de 2001.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés social la Fundación Galega da Muller Emprendedora, adscribiéndola a la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 20 de julio de 2001.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública