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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Jueves, 02 de agosto de 2001 Pág. 10.572

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador P-179/2000.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial en Galicia.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las adminstraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días, contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 90/3110001181, de Caixa Galicia (2091) oficina (0388). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 22 de junio de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-179/2000.

Denunciado: Tirso Martín García Álvarez, domicilio Celso Emilio Ferreiro, 5-3º, Monforte de Lemos (Lugo).

DNI: 34238686.

Hechos denunciados: pescar sin licencia, el denunciado se encontraba con la caña en la orilla del río y el cebo dentro del agua. El denunciado alega que tiene la licencia pero la olvidó, se niega a firmar. En el río Umia el día 16 de julio de 2000.

Fecha del acuerdo de incoación: 11-10-2000.

Fecha de la propuesta de resolución: 27-2-2001.

Propuesta: sancionar a Tirso Martín García Álvarez con multa de 50.001 pesetas (300,51 euros) e inhabilitación para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de dicha actividad durante un período de 1 año.

Alegaciones a la propuesta: no presenta escrito en su descargo.

Hechos probados: pescar sin la correspondiente licencia.

Precepto infringido: 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 50.001 pesetas (300,51 euros).

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de dicha actividad durante un período de 1 año.