Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número tres de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 741/2000, a instancia de José Manuel López Bermúdez contra Conberga, S.L. y otra sobre salarios, en los que recayó sentencia en fecha 25 de junio de 2000, que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
Que estimando la demanda formulada por José Manuel López Bermúdez condeno a la empresa Conberga, S.L. y Corsan-Corviam Constructora, S.A. a que de forma solidaria le abonen la cantidad de 105.479 pesetas.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra ellas no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Conberga, S.L., expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 25 de junio de 2001.
El secretario judicial
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