Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número tres de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 191/2001, a instancia de Manuela Gómez Fiallo y otras contra María del Carmen Pampín Balo sobre salarios en los que recayó sentencia en fecha 25 de junio de 2001, que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
Que estimando la demanda formulada por Manuela Gómez Fiallo, Ana María Paz Segade, Lidia Amil Naya, Verónica Matilde Borges Gómez y Concepción González Vidal, contra la empresa Mª del Carmen Pampín Balo, condeno a la misma a abonarles la cantidad de 208.564 pesetas a Manuela Gómez Fiallo, 208.564 pesetas a Ana Mª Paz Segade, 208.564 pesetas a Lidia Amil Naya, 204.873 pesetas a Verónica Matilde Borges Gómez y 208.564 pesetas a Concepción González Vidal, que les adeuda en concepto de salarios.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, de lo que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de
notificación en forma a la empresa María del Carmen Pampín Balo, expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 25 de junio de 2001.
El secretario judicial
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