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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Viernes, 15 de junio de 2001 Pág. 8.091

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2001 por la que se autoriza a Insuíña, S.L. la modificación de un criadero y granja marina ubicados en el lugar de Mougás, ayuntamiento de Oia (Pontevedra).

1. Hechos.

Primero.-Por resolución de esta consellería de 27 de julio de 2000 se autoriza a Insuíña, S.L. a modificar un criadero situado en As Mariñas-Mougás, ayuntamiento de Oia (Pontevedra) y se le otorga permiso de actividad para la puesta en funcionamiento y explotación de una unidad de granja marina en el citado lugar.

Segundo.-Mediante escrito de 17 de noviembre de 2000, Enrique de Llano Monelos, en representación de Insuíña, S.L., solicita autorización para la transformación de 1.661 m del área de preengorde y engorde de la granja marina en criadero.

Tercero.-De acuerdo con la documentación que aporta la empresa, la modificación no supone alteraciones en la estructura de las plantas ni del dominio público ocupado y tampoco modifica sustancialmente la capacidad de las instalaciones.

Cuarto.-En el expediente figura el informe técnico-biológico.

2. Fundamentos de derecho.

Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con el Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento del permiso de actividad para establecimientos de cultivos marinos y auxiliares ubicados en la zona terrestre.

Examinadas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución de la Delegación Territorial de Vigo, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general aplicación, esta consellería

RESUELVE:

Autorizar a Insuíña, S.L., con CIF nº B-36021954, el incremento en 1.661 m de la superficie ocupada por el criadero otorgado por Orden de 24-4-1982 (BOE nº 142), y la disminución en 1.661 m de la granja marina otorgada por Resolución de 27 de julio de 2000 (DOG nº 202).

Bajo las siguientes condiciones:

-Primera: las obras e instalaciones se llevaran a cabo de acuerdo con el proyecto presentado por Insuíña, S.L. con fecha 17-11-2000. Podrán dar comienzo en el momento en que el titular disponga de las autorizaciones preceptivas de los organismos competentes en la materia y deberán quedar totalmente terminadas en el plazo de dos años, contados desde el día seguiente al de la publicación de la presente resolución.

-Segunda: a la ejecución de las obras e instalaciones y al inicio de la actividad le serán de aplicación los artículos 5 y 6 de la Orden de 27 de marzo de 2000, por la que se regula el procedimiento para el otorgamiento del permiso de actividad a establecimientos de cultivos marinos y auxiliares en la zona terrestre (DOG nº 67).

-Tercera: el establecimeinto non poderá destinarse a usos distintos de los autorizados. Bajo ningún concepto se poderán modificar las instalaciones sin permiso expreso desta consellería.

-Cuarta: la presente autorización no implica modificación de la ocupación del volumen edificable, de la ocupación del dominio público ni de la capacidad autorizada.

-Quinta: el otorgamiento de esta autorización no exime a su titular de la obtención de las licencias, permisos y autorizaciones legalmente procedentes, exigibles por otros organismos en función de las características del establecimiento.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, poderá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura o recurso contencioso-administrativo, ante la juridicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día seguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de marzo de 2001.

P.D. (Orden 17-12-1997, DOG nº 246,

del 22 de diciembre)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura