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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Viernes, 15 de junio de 2001 Pág. 8.090

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2001 por la que se declara la utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico denominado Currás. (Expediente 4/2000).

Examinado el expediente instruido a instancias de Eurovento, S.L. Unipersonal con domicilio a efectos de notificaciones en calle Varsovia 4-C, 5ª planta. Área Central-As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, sobre la utilidad pública de las instalaciones del parque eólico denominado Currás, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-El 18-7-2000, José Manuel Pazo Paniagua, en nombre y representación de la empresa Eurovento, S.L. Unipersonal, solicitó la declaración de utilidad pública, del parque eólico denominado Currás, de 7,8 MW, aportando la documentación establecida al efecto por el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, ambos de aplicación al presente expediente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo.-El proyecto con las características fundamentales de la instalación y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados se sometió a información pública por acuerdo de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, de 10-8-2000, a los efectos previstos en los decretos 2617 y 2619/1966, ya mencionados, artículos 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; artículo 25 de la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia, y Decreto 205/1995 citado. La resolución se publicó en los siguientes medios: en el diario El Ideal Gallego de 28 de agosto, DOG del 28 de agosto, en el BOP de A Coruña de 7 de septiembre de 2000 y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Mazaricos y se ha dado conocimiento a los afectados mediante la oportuna notificación individual.

Tercero.-El 2 de marzo de 2001 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental resolvió aprobar la declaración de efectos ambientales del citado parque eólico.

Durante el período de información pública no se presentaron alegaciones.

Cuarto.-El 3 de mayo de 2001, la Dirección General, de Industria resolvió autorizar la instalación de los equipos electromecánicos y aprobar el correspondiente

proyecto de ejecución, cuyas características básicas son las siguientes:

Ubicación y coordenadas poligonales:

NombreMunicipioVértices

CurrásMazaricos (A Coruña)XY

0.496.4864.751.794

0.497.0504.751.866

0.497.1984.751.294

0.497.2614.751.305

0.497.3114.751.033

0.496.9084.751.011

0.496.8854.751.227

Nº de aerogeneradores: 6.

Potencia unitaria por aerogenerador: 1.300 kW.

Potencia total instalada: 7,8 MW.

Altura de las torres: 48 metros.

Diámetro de las palas: 62 metros.

Producción neta anual estimada: 4.322 MWh.

Inversión prevista: 979.496.725 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura eléctrica de transformación e interconexión.

-6 centros de transformación de 0,69/30 kV situados en el interior de la base de la torre de cada aerogenerador, formado por un transformador de 1.600 kVA de potencia nominal unitaria y los elementos de protección y maniobra correspondientes.

-Red eléctrica de cable subterráneo RHZI 18/30 kV de 240 mm de sección, para la interconexión de la línea del propio parque eólico de Currás, y las líneas I y II procedentes del parque eólico de A Ruña a la estación de maniobra y el apoyo 11 de la L.A.T. a 30 kV subestación de As Paxareiras.

-La transformación de 30 a 66 kV se realiza en la subestación de As Paxareiras, que cuenta con un transformador de 40/50 MVA, y que se utiliza conjuntamente por los parques eólicos de Currás, A Ruña y Virxe do Monte.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Consellería de Industria y Comercio es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 181/1999, de 17 de junio, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Decreto 205/1995, de 6 de julio, ya citados.

Segundo.-El artículo 52 de la Ley 54/1997, reguladora del sector eléctrico, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte

y distribución de energía, con los efectos que se determinan en el artículo 54 de la misma norma.

Cumplidos los trámites establecidos en los artículos 9, 10 y 11 del Decreto 2619/1966, que aprueba el reglamento de la Ley 10/1966, de expropiación forzosa y sanción en materia de las instalaciones eléctricas, y cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente instruido al efecto.

Esta consellería, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Declarar la utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico Currás, en el municipio de Mazaricos (A Coruña), lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer, en su caso, recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificado por la Ley 4/1999, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de la citada fecha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 4 de junio de 2001.

P.D. (Orden 13-10-1999, DOG nº 207,

del 26 de octubre)

Jesús Vázquez San Luis

Secretario general de la Consellería de Industria

y Comercio