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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Viernes, 08 de junio de 2001 Pág. 7.608

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 129/2001, de 25 de mayo, por el que se aceptan las donaciones, a título gratuíto, de once colchones antiescaras, un ordenador personal, un ordenador portátil, un frigorífico de 386 litros, una nevera, una caja de instrumental oftalmológico, un respirador y dos ordenadores con CD, con destino a distintas unidades del Complejo Hospitalario de Pontevedra.

Las empresas que se detallan a continuación ofrecen a donación al Servicio Gallego de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia los activos correspondientes, con destino a diversas unidades del Complejo Hospitalario de Pontevedra:

-Ekipo S. Coop. Ltda.: once colchones antiescaras.

-Pharmacia Spain, S.A.: un ordenador personal y un ordenador portátil.

-Innogenetics Diagnostica y Terapéutica, S.A.: un frigorífico.

-Roche Diagnósticos: una nevera.

-Corneal España, S.L.: una caja de instrumental oftalmológico.

-Galilei Medical, S.A.: un respirador.

-DPC Dipesa, S.A.: dos ordenadores con CD.

Conforme al artículo 17.1º da Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, se requiere decreto del Consello de la Xunta de Galicia para la adquisición de bienes a título gratuito.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, de conformidad con la propuesta del Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y presidente del Servicio Gallego de Salud y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de mayo de dos mil uno,

DISPONGO:

Articulo 1º

Se acepta la donación de los activos de las citadas empresas, junto con los derechos derivados de la propiedad.

Articulo 2º

Los activos se aceptan según lo establecido en la normativa en materia patrimonial de la Comunidad Autónoma y se destinaran a diversas unidades del Complejo Hospitalario de Pontevedra, de acuerdo con la voluntad de los donantes.

Disposición final

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en este decreto.

Santiago de Compostela, veinticinco de mayo de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales