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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Viernes, 18 de mayo de 2001 Pág. 6.617

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 102/2001, de 3 de mayo, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria número 3 de Arteixo (A Coruña).

El Estatuto de autonomía de Galicia establece la competencia plena de esta Comunidad Autónoma para el reglamento y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades; competencias que están atribuidas a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en los términos que figuran en el artículo 2 del Decreto 114/1982, de 1 de septiembre, sobre asunción de transferencias en materia educativa, y en el artículo 1 del Decreto 213/1998, de 10 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Promulgada la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, se dictó el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitario, y el Real decreto 173/1998, de 16 de febrero, por el que se modifica y completa el Real decreto 986/1991, de 14 de junio, que aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Por otra parte, la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, determina

en su artículo 17 que la creación de los centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente y competente.

Finalmente, teniendo en cuenta las necesidades de orden pedagógico y organizativo de los centros docentes de la zona y con la finalidad de que el nuevo sistema educativo se vaya realizando con las mejores condiciones posibles de calidad, se estima que procede la creación del instituto de educación secundaria número 3 de Arteixo, provincia de A Coruña.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.3º del Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, aprobado por el Decreto 324/1996, de 26 de julio, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día tres de mayo de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se crea el instituto de educación secundaria número 3 de Arteixo con capacidad para 16 unidades de educación secundaria obligatoria.

Artículo 2º

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria adoptará las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de lo anteriormente señalado y determinará las enseñanzas que se impartan y la plantilla docente, administrativa y subalterna necesario para el más eficaz desarrollo de las actividades docentes.

Disposición final

Única.-El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela a tres de mayo de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria