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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Lunes, 30 de abril de 2001 Pág. 5.724

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión del convenio colectivo de ámbito provincial para el sector de materiales y prefabricados de la construcción.

Visto el acuerdo de la revisión del convenio colectivo para el sector de materiales y prefabricados de la construcción (código 2700395), de la provincia de Lugo, firmado el día 5 de marzo de 2001, por la representación de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC) y de las centrales sindicales MCA-UGT (44,1%) y Fecoma-CC.OO. (38,2%), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 23 de marzo de 2001.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo

Asistentes:

Representacion sindical:

Por MCA-UGT:

Adolfo Mosteirín Turia.

Carlos García Vázquez.

Pedro González Sordo.

Por Fecoma-CC.OO.:

Jesús Varela Lodeiro.

Evaristo Manuel Arias Álvarez

José Antonio Cabo Martínez.

Representacion patronal (APEC):

Hipólito Trinidad Losada.

Miguel Varela Varela.

Ricardo Castro López.

José Juan Meijide Calvo.

Silviano Pizarro Gómez.

Manuel Sánchez Varela.

José Bouso Alvite.

Asesora: Pilar Díaz Rodríguez.

En la ciudad de Lugo, a 5 de marzo de 2001, se reúnen los representantes de las centrales sindicales y de APEC que anteriormente se relacionan, integrantes de la comisión deliberadora del convenio colectivo de materiales y prefabricados de la construcción (constituida el pasado día 11 de diciembre de 2000), para revisar y actualizar (según el artículo 6º) el convenio colectivo de construcción 1999-2001 firmado el 2 de noviembre de 1999 (enmarcado dentro del acuerdo sectorial nacional y del convenio general del sector de la construcción).

Abierta la sesión y después de una amplia deliberación,

ACUERDAN:

1. Proceder a la regularización de las tablas del año 2000 (al 31-12-2000) de acuerdo con lo previsto en el artículo 7º del vigente convenio.

2. Aprobar por unanimidad las tablas para el año 2001 que se adjuntan a la presente acta y las siguientes modificaciones del convenio 1999-2001:

Artículo 6º.-Incremento económico.

Para el año 2001 se aplicará un incremento del 2,40% (IPC más 0,40) sobre los conceptos del salario base, gratificaciones extraordinarias, retribución de vacaciones y pluses salariales, extrasalariales y dietas.

Artículo 7º.-Cláusula de garantía salarial del año 2001.

En el supuesto de que el incremento anual del IPC del 31 de diciembre de 2001 supere el 2%, se efectuará una revisión económica sobre el exceso de dicho

tanto por ciento, a efectos de que sirva de base para la negociación colectiva siguiente.

Dicha revisión, en su caso, afectará a los conceptos previstos en el artículo 6º del presente convenio.

Artículo 33º.-Desplazamientos y dietas.

Desplazamientos. En el caso de desplazamientos de los trabajadores, el empresario podrá optar entre el abono de las dietas o el pago de los gastos ocasionados, debidamente justificados.

Dietas. Se establece una dieta igual para todas las categorías, cuyos importes se señalan a continuación:

a) Dieta completa 2.715 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador en días aislados o consecutivos.

b) Media dieta 1.360 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador en días aislados o consecutivos.

3. Pago de atrasos: los atrasos correspondientes desde el 1-1-2001 se abonarán al mes siguiente de la publicación de las tablas salariales en el BOP o DOG.

4. Autorizar expresamente a la asesora de la comisión negociadora Pilar Díaz Rodríguez para que se dirija a la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales a los efectos de proceder a la tramitación, depósito y publicación.

Y en prueba de conformidad se firma la presente acta por los integrantes de la comisión mixta deliberadora, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.

Convenio provincial de materiales y prefabricados para la construcción de Lugo. Año 2001

Tabla de retribuciones

MensualAnual

Gratificaciones

NivelesCategoríaSalario

base

Pluses

asist./

produc.

puntualidad

Plus

extrasalarial

TotalVacacionesJulioNavidadTotal anualValor

hora

extraord.

IITitulado superior149.9306.21512.948169.093171.275171.275171.2752.373.8481.416

IIITitulado medio, jefe admvo. 1ª, jefe secc.

org. 1ª

126.60516.33411.762154.701151.543151.543151.5432.156.3401.101

IVJefe de personal, ayte. de obra, encargado

gral. de fábrica, encargado general

109.12422.51110.772142.407136.218136.218136.2181.975.1311.096

VJefe administrativo de 2ª, delineante

superior, encargado general de obra,

jefes de sección de organización

científica del trabajo de 2ª, jefe de

compras

98.32229.70510.398138.425127.885127.885127.8851.906.3301.089

VIOfic. admvo. de 1ª, delineante de 1ª, jefe

o encargado de taller, encargado de

sección de laboratorio, escultor de

piedra y mármol, práctico de topografía

de 1ª, técnico de organización,

encargado de obra

94.61629.50210.083134.201124.108124.108124.1081.848.5351.083

VIIDelineante de 2ª, técnico de organización

de 2ª, práctico de topografía de 2ª,

analista de 1ª, viajante, especialista de

oficio, capataz

91.84629.6199.863131.328121.208121.208121.2081.808.2321.067

VIIIOficial admvo. 2ª, corredor de plaza,

inspector de control, señalización y

servicios, analista de 2ª, oficial 1ª de

oficio

91.61327.1799.676128.468120.271120.271120.2711.773.9611.034

IXAuxiliar admvo., ayte. topográfico, aux.

organiz., vendedor, conserje, oficial 2ª

de oficio

87.25525.3909.197121.842115.284115.284115.2841.686.1141.017

MensualAnual

Gratificaciones

NivelesCategoríaSalario

base

Pluses

asist./

produc.

puntualidad

Plus

extrasalarial

TotalVacacionesJulioNavidadTotal anualValor

hora

extraord.

XAuxiliar de laboratorio, vigilante,

almacenero, enfermero, cobrador,

guarda jurado, especialista de 1ª,

ayudante de oficio

87.18323.8479.084120.114114.670114.670114.6701.665.264995

XIEspecialista de 2ª, peón especial87.15223.1389.032119.322114.404114.404114.4041.655.754979

XIILimpiadora, peón ordinario86.92321.4008.892117.215113.672113.672113.6721.630.381935