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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Lunes, 30 de abril de 2001 Pág. 5.722

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de ámbito provincial para el sector de la edificación y obras públicas.

Visto el acuerdo de la revisión del convenio colectivo para el sector de la edificación de obras públicas (código 2700255), firmado el día 5 de marzo de 2001, por la representación de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC) y de las centrales sindicales MCA-UGT (48,4%) y Feco

ma-CC.OO. (27,7%), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,

Esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 23 de marzo de 2001.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo

Asistentes:

Representación sindical:

Por MCA-UGT:

Adolfo Mosteirín Turia.

Carlos García Vázquez.

Pedro González Sordo.

Por Fecoma-CC.OO.:

Jesús Varela Lodeiro.

Evaristo Manuel Arias Álvarez.

Representación patronal (APEC):

Hipólito Trinidad Losada.

Miguel Varela Varela.

Ricardo Castro López.

José Juan Meijide Calvo.

Silviano Pizarro Gómez.

Manuel Sánchez Varela.

José Bouso Alvite.

Asesora: Pilar Díaz Rodríguez.

En la ciudad de Lugo a 5 de marzo de 2001, se reúnen los representantes de las centrales sindicales y de APEC que al margen se relacionan, integrantes de la comisión deliberadora del convenio colectivo de edificación y obras públicas (constituida el pasado día 11 de diciembre de 2000), para revisar y actualizar (según el artículo 6º), el convenio colectivo de construcción 1999-2001 firmado el 2 de noviembre de 1999 (enmarcado dentro del acuerdo sectorial nacional y del convenio general del sector de la construcción).

Abierta la sesión y después de una amplia deliberación,

ACUERDAN:

1. Proceder a la regularización de las tablas del año 2000 (al 31-12-2000) de acuerdo con lo previsto en el artículo 7º del vigente convenio.

2. Aprobar por unanimidad las tablas para el año 2001 y se adjunta a la presente acta y las siguientes modificaciones del convenio 1999-2001:

Artículo 6º.-Incremento económico.

Para el año 2001 se aplicará un incremento del 2,40% (IPC más 0,40) sobre los conceptos del salario base, gratificaciones extraordinarias, retribución de vacaciones y pluses salariales, extrasalariales y dietas.

Artículo 7º.-Cláusula de garantía salarial año 2001.

En el supuesto de que el incremento anual del IPC del 31 de diciembre de 2001 supere el 2,0%, se efectuarán una revisión económica sobre el exceso de dicho tanto por ciento, a efectos de que sirva de base para la negociación colectiva siguiente.

Dicha revisión, en su caso, afectará a los conceptos previstos en el artículo 6º del presente convenio.

Artículo 34.-Desplazamientos y dietas.

Desplazamientos. En el caso de desplazamientos de los trabajadores, el empresario podrá optar entre el abono de las dietas, o el pago de los gastos ocasionados, debidamente justificados.

Dietas. Se establece una dieta igual para todas las categorías, cuyos importes se señalan a continuación:

a) Dieta completa 2.725 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador en días aislados o consecutivos sin exceder de tres días.

2.300 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador para más de tres días consecutivos.

b) Media dieta 1.250 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador en días aislados o consecutivos sin exceder de tres días.

1.100 pesetas diarias en desplazamientos del trabajador con más de tres días consecutivos.

3. Pago de atrasos: los atrasos correspondientes desde el 1-1-2001 se abonará al mes siguiente de la publicación de las tablas salariales en el BOP o Diario Oficial de Galicia.

4. Autorizar expresamente a la asesora de la comisión negociadora Pilar Díaz Rodríguez para que se dirija a la delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales a los efectos de proceder a la tramitación, depósito y publicación.

Y en prueba de conformidad se firma la presente acta por los integrantes de la comisión mixta deliberadora, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.

Convenio provincial de edificación y obras públicas de Lugo

Tabla de retribuciones

MensualAnual

Gratificaciones

NivelesCategoríaSalario

base

Pluses

asist./

produc.

puntualidad

Plus

extrasalarial

TotalVacacionesJulioNavidadTotal anualValor

hora

extraord.

IITitulado superior95.98025.7599.985131.724127.256127.256127.2561.830.7321.586

IIITitulado medio, jefe admvo. 1ª, jefe secc.

org. 1ª

95.87625.7599.980131.615127.256127.256127.2561.829.5331.486

IVJefe de personal, ayte. de obra, encargado

gral. de fábrica, encargado general

95.77325.7599.972131.504127.256127.256127.2561.828.3121.438

MensualAnual

Gratificaciones

NivelesCategoríaSalario

base

Pluses

asist./

produc.

puntualidad

Plus

extrasalarial

TotalVacacionesJulioNavidadTotal anualValor

hora

extraord.

VJefe administrativo de 2ª, delineante

superior, encargado general de obra,

jefes de sección de organización

científica del trabajo de 2ª, jefe de

compras

95.66825.7599.966131.393127.256127.256127.2561.827.0911.389

VIOfic. admvo. de 1ª, delineante de 1ª, jefe

o encargado de taller, encargado de

sección de laboratorio, escultor de

piedra y mármol, práctico de topografía

de 1ª, técnico de organización,

encargado de obra

95.59825.7599.961131.318127.256127.256127.2561.826.2661.341

VIIDelineante de 2ª, técnico de organización

de 2ª, práctico de topografía de 2ª,

analista de 1ª, viajante, especialista de

oficio, capataz

94.80124.5869.815129.202126.041126.041126.0411.799.3451.306

VIIIOficial admvo. 2ª, corredor de plaza,

inspector de control, señalización y

servicios, analista de 2ª, oficial 1ª de

oficio

93.19622.8299.562125.587123.833123.833123.8331.752.9561.284

IXAuxiliar admvo., ayte. topográfico, aux.

organiz., vendedor, conserje, oficial 2ª

de oficio

92.37221.4519.398123.221122.531122.531122.5311.723.0241.142

XAuxiliar de laboratorio, vigilante,

almacenero, enfermero, cobrador,

guarda jurado, especialista de 1ª,

ayudante de oficio

91.46619.3829.181120.029120.917120.917120.9171.683.0701.058

XIEspecialista de 2ª, peón especial90.66818.2119.034117.913119.703119.703119.7031.656.1521.021

XIILimpiadora, peón ordinario89.67717.0538.872115.602118.300118.300118.3001.626.5221.011