Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 01 de marzo de 2001 Pág. 2.602

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 12 de febrero de 2001 por la que se clasifican puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional de los ayuntamientos de Cospeito y de Castro de Rei.

Por Decreto 65/2000, de 16 de marzo, publicado en el DOG nº 64, del 31 de marzo, se aprueba la disolución de la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Cospeito y de Castro de Rei, los dos de la provincia de Lugo, para el sostenimiento en común del puesto de secretaría, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional; agrupación que fue creada por el Decreto 141/1996, de 17 de abril (DOG nº 80, del 24 de abril). En consecuencia, es necesario efectuar la clasificación de los puestos de trabajo de secretaría de la respectivas entidades locales, en aplicación de lo previsto en el R.D. 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

A la vista del número de habitantes de los ayuntamientos afectados, y en aplicación del artículo 2 b) del mencionado Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, procede la clasificación de los respectivos puestos de Secretaría en clase segunda.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en la mencionada normativa, y en uso de la atribución conferida por el artículo 13.2º 17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería,

DISPONE:

1. El puesto de trabajo de secretaría del Ayuntamiento de Castro de Rei, provincia de Lugo, se clasifica en clase segunda (2ª), reservándose a funcionarios/as de la subescala de secretaría, categoría de entrada, de Administración local con habilitación de carácter nacional.

2. El puesto de trabajo de secretaría del Ayuntamiento de Cospeito, provincia de Lugo, se clasifica en clase segunda (2ª), reservándose a funcionarios/as de la subescala de secretaría, categoría de entrada,

de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Contra la presente orden que pone fín a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2001.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública