1. Alcance de la información pública; legislación.
Se somete a información pública la solicitud presentada por Iberdrola Diversificación, S.A. de: autorización administrativa y declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto modificado de ejecución y del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio ambiental del parque eólico de Larouco.
Legislación aplicable a los efectos anteriores: Decreto 205/1995, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y supletoriamente los decretos 2617/1966 y 2619/1966, ambos de 20 de octubre, respectivamente de autorización y de expropiación y sanciones en materia de instalaciones eléctricas; Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia; decretos 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia y 337/1991, de 4 de octubre, de evaluación de efectos ambientales para Galicia.
2. Características básicas del proyecto modificado.
a) Peticionario: Iberdrola Diversificación, S.A.
b) Domicilio social: c/ Iparaguirre nº 6-12 Bilbao (Vizcaya).
c) Denominación: Parque Eólico de Larouco.
d) Situación: municipios de Baltar, Cualedro y Xinzo de Limia (Ourense).
Coordenadas poligonales en unidades UTM:
Punto 1 (608000, 4641000); punto 2 (609000, 4640000); punto 3 (613500, 4645500); punto 4 (612500, 4646000).
e) Finalidad: producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica.
f) Datos técnicos:
-Conjunto de 49 aerogeneradores de 850 kW/u, que suman una potencia bruta total de 41,65 MW.
-Interconexión de los aerogeneradores con cuatro circuitos eléctricos a 20 kV, independientes entre sí, de 10,2 MW (aerogeneradores 1 al 12); 10,2 MW (aerog. 13 al 24); 10,2 MW (aerog. 25 al 36); 11,05 MW (aerog. 37 al 49).
-C.T. a instalar en cada aerogenerador de 1.000 kVA de potencia y r/t 0,690/20 kV, con los elementos de protección y auxiliares necesarios.
-Subestación transformadora. Equipada con transformador principal trifásico 132/20 kV de 55 MVA y con los elementos de maniobra, medida y protección necesarios.
-Sistemas de control y supervisión.
g) Presupuesto: 4.769.627.944 ptas.
3. Urgente ocupación. El peticionario, al amparo del título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, solicita asimismo la declaración de utilidad pública de las instalaciones, lo que, según lo señalado en el artículo 54 de aquélla, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados -los cuales se describen en la relación adjunta- e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
4. Estudio ambiental. El estudio ambiental del parque eólico se somete a información pública en aplicación de la normativa indicada en el apartado 1 y puede ser examinado en las dependencias siguientes: Dirección General de Industria, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, delegaciones provinciales en Ourense de las consellerías de Industria y Comercio y Medio Ambiente y en los ayuntamientos afectados.
5. Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal. Tiene por objeto realizar la ordenación del territorio del parque eólico, que se incluye dentro del área de investigación denominada Serra do Larouco correspondiente al Plan Eólico Estratégico de Iberdrola, delimitado en el Plan Sectorial Eólico de Galicia y que afecta a los municipios de Baltar, Cualedro y Xinzo de Limia, en la provincia de Ourense.
6. Alegaciones. Los interesados y sus representantes pueden examinar el expediente en las oficinas de esta delegación provincial, calle Curros Enríquez nº 1, 4º de Ourense, también en los organismos citados en el punto 3 en lo que respeta al estudio ambiental, y presentar, de ser el caso, las alegaciones que crean oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, con traslado al Ministerio Fiscal de las diligencias que se produzcan.
Ourense, 15 de enero de 2001.
Alfredo Cacharro Pardo
Delegado provincial de Ourense
Relación de bienes y derechos afectados-parque eólico Larouco
Parcelas proyecto Propietarios Afección
Nº Catastro Paraje Cultivo Nombre y apellidos Domicilio Superficie (m)
pinos
y Poulas do Medio pinos
pinos
(Ourense)
(Ourense)
(Ourense)
(Ourense)
Término municipal de Baltar (Ourense)
1 Sierra de Larouco M. bajo y
Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común Sierra de Larouco. Baltar. 32632-Baltar (Ourense) 107.430
2 Sierra de Larouco
M. bajo y
Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común Sierra de Larouco y Poulas do Medio. Niñodaguia. 32632-Baltar (Ourense) 102.556
Término municipal de Cualedro (Ourense)
1 De A Xironda M. bajo y
Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de A Xironda. A Xironda. 32688-Cualedro
124.988
2 De Pedrosa Monte bajo Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de A Pedrosa. A Pedrosa. 32688-Cualedro
173.155
3 De Saceda Monte bajo Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de A Saceda. A Saceda. 32688-Cualedro
32.334
4 Sierra de Larouco Monte bajo Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Sierra de Larouco, Sierra de Sandín y Lamas. Lucenza. 32688-Cualedro
112.246
Término municipal de Xinzo de Limia (Ourense)
1 De Gudín Monte bajo Vecinos de Gudín. Gudín. 32637-Xinzo de Limia (Ourense) 118.380