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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Viernes, 24 de noviembre de 2000 Pág. 15.693

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

ORDEN de 22 de noviembre de 2000 por la que se declara oficialmente la existencia de la enfermedad encefalopatía espongiforme bovina.

El artículo 2.1º del Real decreto 2459/1996, de 2 de diciembre, por el que se establece la lista de enfermedades de animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación, dispone que los órganos competentes de las comunidades autónomas realizarán la declaración oficial de las enfermedades de los animales que figuran en los apartados A y B del anexo I del citado real decreto.

Entre las enfermedades de declaración obligatoria de la letra A del anexo I se encuentra la encefalopatía espongiforme bovina.

Como consecuencia de la aplicación de la Decisión 98/272/CE de la Comisión, de 23 de abril, relativa a la vigilancia epidemiológica de las encefalopatías espongiformes transmisibles y el Programa 2000 de las normas de prevención y vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales, se investigan las poblaciones de animales que, de conformidad con el citado programa, integran el grupo de riesgo, adoptando todas las medidas sanitarias provisionales y cautelares establecidas en el referido programa.

Las muestras para la detección de estas enfermedades son enviadas al Laboratorio Nacional de Referencia, sito en la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Zaragoza. Este laboratorio comunicó al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la presencia de la enfermedad, procediendo el ministerio a ponerlo inmediatamente en conocimiento de esta consellería, por lo que procede la declaración oficial de la misma.

De conformidad con el Real decreto 2459/1996, de 2 de diciembre, y la Decisión 98/272/CE de la Comisión de 23 de abril de 1998, la letra E.D.a) del anexo del Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agricultura y pesca, y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y por la Ley 12/1989, de 4 de octubre,

DISPONGO:

1. Declarar oficialmente la existencia de la enfermedad encefalopatía espongiforme bovina.

2. Comunicar esta declaración al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su notificación a la Unión Europea y a los estados miembros.

3. Facultar al director general de Producción Agropecuaria para la adopción de las medidas de sanidad animal necesarias y, en particular, las previstas para la completa ejecución del Programa 2000 de las nor

mas de prevención y vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.

Santiago de Compostela, 22 de noviembre de 2000.

Cástor Gago Álvarez

Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política

Agroalimentaria