La Orden de 26 de noviembre de 1993 (DOG del 23 de diciembre), en su artículo 2º, establece que se convalidará el curso de especialización en lengua gallega a los licenciados en filología y a los diplomados en EGB por las escuelas universitarias de formación del profesorado de EGB, que estén en posesión de los certificados del ciclo elemental y del ciclo superior de gallego de las escuelas oficiales de idiomas.
Por ello,
DISPONGO:
Artículo 1º
Conceder la convalidación del curso de especialización en lengua gallega a las siguientes personas, las cuales reúnen los requisitos establecidos por el artículo 2º de la Orden de 22 de noviembre de 1993:
Xosé Iglesias Muíños 76.993.927.
Mª José Pérez Corral 36.043.577.
Mª del Carmen Rodríguez Varela 33.262.143.
Mª Dolores Pazos Rosales 35.304.632.
Teresa Susana Vázquez Regueiro 33.313.778.
Consuelo García Barreiro 35.303.351.
Artículo 2º
La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria les expedirá los correspondientes diplomas.
Disposición final
Se faculta a la Dirección General de Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 7 de julio de 2000.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria