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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Miercoles, 12 de julio de 2000 Pág. 10.794

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 26 de junio de 2000 por la que se autoriza la modificación de los estatutos de la Fundación Florencio Álvarez-Mª Teresa Esteban.

Tramitado ante esta consellería el expediente de la modificación de los estatutos de la Fundación Florencio Álvarez-Mª Teresa Esteban.

Resultando que por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de marzo de 1991 esta fundación fue clasificada e inscrita en el Registro de fundaciones de esta consellería como benéfico-docente, y se le aprueban los estatutos que figuran en la carta fundacional otorgada en escritura pública de 28 de junio de 1990, protocolizada con el nº 1.738 del notario de Ourense Antonio Pol González.

Resultando que la Fundación Florencio Álvarez-Mª Teresa Esteban instó ante esta consellería la modificación de sus estatutos mediante la presentación de sendas escrituras públicas de los años 1993 y 2000, del notario Antonio Pol González, de Ourense, con los números de protocolo 3.311 y 1.044, respectivamente.

Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la Ley 7/1983, y en el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 248/1992, de 18 de junio.

Habiéndose cumplido los requisitos a que se refiere el artículo 10 de la Ley/ 7/1983 y los artículos 32.3º y 38 del citado Decreto 248/1992.

Considerando que esta modificación estatutaria es conforme con la voluntad fundacional que se expresa en su carta fundacional.

Esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Autorizar la modificación, y consiguiente refundición, de los estatutos de la Fundación Florencio Álvarez-Mª Teresa Esteban en los términos que figuran en las escrituras públicas de los años 1993 y 2000, del notario Antonio Pol González, de Ourense, con los números de protocolo 3.311 y 1.044, respectivamente.

Segundo.-Practicar la inscripción de esta modificación estatutaria en el Registro de fundaciones de este protectorado, previa publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, fecha a partir de la cual entrará en vigor tal cambio estatutario.

Tercero.-La presente disposición pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 26 de junio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y

Ordenación Universitaria