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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Viernes, 30 de junio de 2000 Pág. 10.268

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 29 de mayo de 2000 por la que se declara de interés gallego la Fundación Con Eles y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

En fecha 17 de mayo de 2000 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 28 de abril de 2000, por la que se clasifica como de interés social la Fundación Con Eles y se adscribe a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Esta fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de sus estatutos, tiene como objeto:

a) Mejorar la calidad de vida de las personas con retraso mental y la de sus familias.

b) Despertar la conciencia pública sobre ese problema en el aspecto social y familiar.

c) Confeccionar un censo de personas afectadas.

d) Fomentar los estudios referentes a su rehabilitación.

e) Apoyo y creación de consultorios médicos para la formulación del diagnóstico e indicación del tratamiento propio de cada caso.

f) Orientar la conducta que se debe seguir en el trato de tales personas, así como promover campañas de prevención.

g) Organizar, patrocinar o fomentar la fundación de centros de asistencia, escuelas de enseñanza y talleres de aprendizaje y formación ocupacional.

h) Buscar la colaboración de empresas públicas o privadas que puedan proporcionar puestos de trabajo a aquéllos que sean idóneos.

Por todo ello, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, y según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificado por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y el artículo 32.3º a) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego.

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Con Eles al cumplir sus estatutos las prescripciones que, a tal efecto, señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Con Eles en el Registro de las Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, a los efectos constitutivos que señala el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de

régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en el resto de la normativa de general aplicación, en especial a la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, quedando obligada a rendir cuentas anualmente al protectorado con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula, y debiendo solicitar las preceptivas autorizaciones del protectorado cuando sean necesarias.

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2000.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales