Advertido error en la citada resolución, publicada en el DOG nº 21, del 1 de febrero de 2000, es necesario hacer la oportuna corrección:
En la página 1.315, en el último párrafo de la letra c, punto 2, del artículo 11 donde dice: «En las letras b) y c), de existir contradicción entre el domicilio que figura en la tarjeta de demanda de empleo y el que figura en la certificación municipal, habrá que atenerse a lo reflejado en esta última», debe decir: «En las letras b) y c), de existir contradicción entre el domicilio que figura en la tarjeta de demanda de empleo y el que figura en la certificación municipal, habrá que atenerse a lo reflejado en la tarjeta de demanda de empleo.