Visto el expediente de revisión salarial para el año 1999 del convenio colectivo del sector de bebidas refrescantes y analcóholicas de la provincia de A Coruña (código 1500185), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 21-2-2000, suscrito por la comisión paritaria del convenio colectivo, integrada
en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Bebidas Refrescantes y Analcóholicas, y, de la parte social, por UGT y CC.OO. el día 9-11-1999, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 24 de febrero de 2000.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Reunión de la comisión paritaria del convenio
colectivo de bebidas refrescantes y analcóholicas
de la provincia de A Coruña
Acta
Asistentes:
Parte empresarial:
Antonio Landeira.
Miguel Calderón Acero.
Parte social:
Fernando Vázquez Martínez (UGT).
Carlos Villar Cures (CC.OO).
Siendo las once horas del día 9 de noviembre de 1999, en los locales de la Asociación de Empresarios, se reúnen los miembros de dicha comisión con el fin de aprobar la revisión salarial pactada en el convenio colectivo del año 1998. Dado que el IPC previsto por el Gobierno para el año 1999, es del 1,8% y éste fue el incremento pactado, procede aumentar la tabla salarial en un 1,8%, el cual se hará efectivo con carácter retroactivo a 1 de enero de 1999 se reflejará en las tablas anexas para añadir al convenio colectivo.
Asimismo, se autoriza a Francisco J. González Outumuro para que proceda a su registro y publicación.
Siendo las 13.30 horas se levanta la sesión y se firma esta acta en señal de conformidad.
Tablas salariales 1999.
convenio anual
Categoría Salario Plus
Cómputo
Peón 69.270 15.946 1.490.160 Subalterno 74.411 17.319 1.587.870 Ayudante 79.129 17.054 1.654.665 Oficial de segunda 84.023 15.835 1.709.790 Oficial de primera 88.212 16.005 1.775.175 Encargado grupo 97.470 15.408 1.905.090 Encargado sección 116.163 15.126 2.181.255 Encargado general 138.865 14.407 2.511.000
Plus transporte 17.660