Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 17 de enero de 2000 Pág. 618

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

DECRETO 2/2000, de 7 de enero, por el que se declara el año 2000 año de Manuel Murguía.

La Real Academia Gallega decidió dedicar el Día de las Letras Gallegas del año 2000 a Manuel Murguía,

figura fundamental del Rexurdimento, literato, historiador y periodista; su extensa obra contribuyó de manera fundamental al engrandecimiento de Galicia.

Comenzó muy joven una prometedora carrera literaria que abarcó varios géneros como la novela, el ensayo, el periodismo y la crítica literaria.

Desde su trabajo de historiador propició una renovación metodológica en la historiografía de Galicia que sentará las bases del trabajo científico posterior en este campo.

Considerado ya en su época como una de las figuras más relevantes de Galicia, fue cronista general del reino y presidente de la Real Academia Gallega. Durante toda su vida desarrolló una importantísima labor de defensa de la lengua y la identidad de Galicia, lo que lo hizo merecedor de un puesto de honor en nuestra historia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Comunicación Social e Turismo y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día siete de enero del año dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se declara el año 2000 en Galicia año de Manuel Murguía, por lo que debe constituir una obligación para todos los gallegos participar en el homenaje debido a esta insigne personalidad de nuestra historia.

Artículo 2º

Las instituciones públicas gallegas, los centros de enseñanza, las bibliotecas, las asociaciones y federaciones culturales dependientes de la Xunta de Galicia dedicarán una parte de su actividad a poner de relieve la obra de este historiador, periodista y escritor que tanto hizo por las letras gallegas.

Artículo 3º

Como testimonio del homenaje a Manuel Murguía, la Xunta de Galicia acuñará una medalla conmemorativa de trescientos ejemplares numerados.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, siete de enero de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación Social e Turismo