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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 17 de enero de 2000 Pág. 618

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 1999 por la que se le da publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 575/1999, de 22 de julio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Visto por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus

ticia de Galicia el recurso contencioso-administrativo número 02/0005424/1996, interpuesto por Ramón Manuel Varela Lafuente, contra desestimación, por silencio administrativo, de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia del recurso ordinario formulado contra otro de la Comisión Provincial de Urbanismo de A Coruña de 23-3-1995, que aprobó definitivamente el proyecto de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Arteixo; se dictó la sentencia 575/1999, de 22 de julio, ahora firme, por la que se estimaba parcialmente dicho recurso.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con el fin de llevar a puro y debido efecto dicha sentencia, este departamento resuelve dar publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 575/1999, de 22 de julio, que seguidamente se transcribe:

«Fallamos: que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ramón Manuel Varela Lafuente contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso ordinario formulado por Ramón Manuel Varela Lafuente contra acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de A Coruña, de 23 de marzo de 1995, sobre aprobación definitiva del proyecto de normas subsidiarias de planeamiento del término municipal de Arteixo, debemos anular y anulamos el mencionado acuerdo en los siguientes extremos en los que tal acuerdo es disconforme a derecho:

-Clasificación como urbano del suelo de los núcleos rurales delimitados de Galo, Loureda, y de los núcleos rurales delimitados al oeste de Baer, al oeste del Monte de Arcas y al oeste de Ervedíns.

-Calificación del Monte Penouqueira como UA-44 con ordenanza URTA-2; con desestimación de las restantes pretensiones.»

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 1999.

P.D. (Orden de 13-12-1993)

José Antonio Fernández Vázquez

Secretario general de la Consellería de Política

Territorial, Obras Pública y Vivienda