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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Miercoles, 22 de diciembre de 1999 Pág. 14.979

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 1999, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta firmada por la comisión negociadora del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Mugardos para la modificación del convenio colectivo.

Visto el texto del acta firmada el día 20 de septiembre de 1999 por la comisión negociadora del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Mugardos, integrada por los representantes del ayuntamiento y del delegado de personal y aprobado por el Pleno del Ayuntamiento celebrado el día 24 de septiembre de 1999, mediante el que se acuerda la modificación del convenio colectivo (código convenio 1503262) y la posterior rectificación de la tabla salarial para la subsanación de errores acordada por el acta de la comisión negociadora del día 25 de octubre de 1999 y aprobada por el Pleno del día 29 de octubre de 1999, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro depósito de convenios colectivos y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre

traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 11 de noviembre de 1999.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Acta de la sesión celebrada por la comisión negociadora del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña) para el año 1999 el día 20 de septiembre de 1999,

a las 16.30 horas

Reunidos en el salón de sesiones del Ayuntamiento de Mugardos, a las 16.30 horas del día 20 de septiembre de 1999, de una parte, los representantes del ayuntamiento: Xosé Fernández Barcia, Manuel Fariña Doval, Juan Toimil Iglesias, Encarna Sánchez Roel y Pilar Díaz Otero.

De otra parte, los delegados de personal: Juan A. Fernández Coira y Mª Carmen Fariña Saavedra.

Acuerdan modificar el convenio colectivo actualmente vigente, publicado en el BOP nº 31, de 7 de febrero de 1997, en los siguientes términos:

Dar nueva redacción a los artículos 1.1º, 6.1.1º y 7.2.4º y disposición general tercera, que quedarán redactados del modo siguiente:

Artículo 1.1º.-Ámbito de aplicación personal.

Este convenio será de aplicación a todo el personal laboral, fijo o interino, que ocupe plaza en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Mugardos.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este convenio:

a) El personal que sea contratado para ejecución de planes de fomento del empleo, formación de parados/as, programas de servicios sociales o similares, en desarrollo de convenio o con cargo a subvenciones en las que intervenga otra entidad, ya sea de la Administración central, autonómica, local o institucional.

b) El personal que realice trabajos de colaboración social.

Artículo 6.1.1º.-Condiciones generales.

El ayuntamiento consignará, para el año 1999, 500.000 pesetas para sufragar los gastos de sus trabajadores y beneficiarios de éstos, destinados a ayudas de carácter social.

Artículo 7.2.4º.-Provisión de puestos de trabajo.

Se crearán dos plazas de peón de servicios múltiples y se cubrirán las vacaciones del personal mediante sustituciones.

Disposición general

Tercera.-En caso de despido improcedente, el trabajador podrá optar entre incorporarse a su puesto de trabajo o ser indemnizado por el ayuntamiento.

Esta disposición sólo será aplicable a trabajadores que, tras la superación del correspondiente proceso selectivo, ocupen puesto de trabajo de carácter fijo.

Se modifica la tabla salarial según figura en el anexo I.

Y, siendo las 17.15 horas del día señalado al principio, se levanta la sesión, extendiéndose la presente acta, que firman los miembros de la comisión negociadora del convenio colectivo.

Mugardos, 25 de octubre de 1999.

Por el ayuntamiento:

Xosé Fernández Barcia

Juan Toimil Iglesias

Pilar Díaz Otero

Manuel Fariña Doval

Encarna Sánchez Roel

Por los trabajadores:

Juan Fernández Coira

Mª del Carmen Fariña Saavedra

ANEXO I

Tabla salarial del persoal laboral del Ayuntamiento de Mugardos para el año 1999

CategoríaS. baseNivelC. destinoC. específicoC. Product.Salario mesExtra vacacionesTotal añoNº puestos

Limpiador a tiempo parcial 4 horas40.10023.47119.1781.67684.42582.7491.176.9222

Limpiador a tiempo parcial 6 horas60.15035.20628.7652.513126.634124.1211.765.3373

Limpiador a tiempo completo74.6301443.68235.6913.118157.121154.0032.190.3401

Conserje escuelas municipales74.6301443.68235.6913.118157.121154.0032.190.3402

Conserje-limpiador pabellón74.6301443.68235.69123.906177.909154.0032.419.0081

Peón de reparaciones74.6301443.68235.6913.118157.121154.0032.190.3401

CategoríaS. baseNivelC. destinoC. específicoC. Product.Salario mesExtra vacacionesTotal añoNº puestos

Peón servicio de recogida de basura74.6301443.68235.69144.693198.696154.0032.647.6652

Oficial de 2ª de limpieza y reparaciones81.7491650.11539.2853.118174.267171.1492.430.3842

Oficial de 2ª recogida de basura81.7491650.11539.28544.693215.842171.1492.887.7091

Oficial de 2ª encargado de aguas81.7491650.11539.28523.906195.055171.1492.659.0521

Oficial de 1ª servicios múltiples81.7491856.54537.9463.118179.358176.2402.501.6581

Auxiliar biblioteca y O.I.G.81.7491856.54537.94613.512189.752176.2402.615.9921

Aparejadora134.1202062.98083.3453.118283.563280.4453.960.5281

Asistente social134.1202062.98054.05417.671268.825251.1543.710.5371