Advertidos errores, en la mencionada orden, publicada en el DOG nº 62, del miércoles 31 de marzo de 1999, es necesario efectuar las oportunas correcciones:
-En la página 3.664, en el artículo 13º, debe añadirse: «d) Trabajadores que hubiesen finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención.
Las exclusiones de los apartados c) y d) solo afectarán a las contrataciones indefinidas.»