Advertidos errores, en la mencionada orden, publicada en el DOG nº 62, del miércoles, 31 de marzo de 1999, es necesario efectuar las oportunas correcciones:
-En la página 3.642, en el artículo 6º punto 1, donde dice: «1. Las empresas que contraten con carácter
indefinido y a tiempo completo su primer empleado...», debe decir: «1. Las empresas que contraten con carácter indefinido su primer empleado...»
-En la misma página y artículo, en el punto 2, donde dice: «2. A estos efectos, se entenderá que se trata del primer empleado aun cuando la empresa, en los 24 meses anteriores a la contratación indefinida, hubiesen prestado servicios por cuenta ajena trabajadores con contratos de duración determinada o temporal que, en su conjunto, no superen los 180 días.», debe decir: «2. A efectos, se entenderá que se trata del primer empleado cuando en la empresa, en los 24 meses anteriores a la contratación indefinida, no hubiesen prestado servicios trabajadores por cuenta ajena, salvo con contratos de duración determinada o temporal que, en su conjunto, no superen los 180 días.»