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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Jueves, 07 de enero de 1999 Pág. 147

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 1998 por la que se convoca el IV Curso superior de urbanismo.

Conforme a las finalidades que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP, en colaboración con la Revista de Derecho Urbanístico, convoca el IV Curso superior de urbanismo.

1. Objetivo: mejorar el grado de especialización de los participantes a los que va dirigida esta actividad, con el fin de dotarlos de una serie de conocimientos teórico-prácticos, sobre planeamiento, gestión y disciplina urbanística, que contribuyan a perfeccionar su capacidad profesional en este campo, tanto desde la perspectiva del derecho estatal como del aplicable a la Comunidad Autónoma gallega.

2. Contenido: esquemáticamente, el contenido de este curso versará, entre otros, sobre estos temas:

-La nueva Ley del suelo. Aspectos más relevantes.

-Panorama general del sistema de planeamiento y gestión en España, en general, y en Galicia en particular.

-La Ley de ordenación del territorio de Galicia en 1995.

-La Ley del suelo de Galicia de 1997.

-La Ley sobre el régimen del suelo y valoraciones de 1998.

-Incidencia de la LS 1998 en la Ley de Galicia de 1997.

-Análisis de las figuras del planeamiento territorial.

-Análisis de las figuras del planeamiento general.

-El Plan general de ordenación municipal.

-Las áreas de reparto y los aprovechamientos tipo.

-Planes parciales.

-Planes especiales.

-Estudios de detalle.

-Proyectos de urbanización.

-Catálogos.

-Incidencia de la Ley de costas en el planeamiento urbanístico.

-Interpretación de la disposición adicional 6ª de la Ley de Galicia en relación con la disposición transitoria 9ª.3 del Reglamento de la Ley de costas.

-Valoraciones. El régimen de valoraciones. Criterios generales de valoración del suelo y demás elementos y derechos.

-El nuevo marco normativo estatal y su incidencia en la gestión urbanística. Los mecanismos de equidistribución tras la nueva Ley 6/1998, de 14 de abril. Los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, en los instrumentos de gestión urbanística.

-La Ley 1/1997, de 24 de marzo, del Parlamento de Galicia, del suelo de Galicia en el contexto normativo estatal. Derechos y deberes, técnicas de equidistribución y mecanismo de ejecución del planeamiento.

-Presupuestos y requisitos para la ejecución del planeamiento.

-Actuaciones sistemáticas.

-El sistema de compensación.

-El sistema de cooperación.

-El proyecto de reparcelación.

-El sistema de expropiación.

-Los convenios urbanísticos.

-La gestión de las dotaciones públicas.

-Tipología de supuestos expropiatorios.

-La venta forzosa y el incumplimiento de los deberes urbanísticos.

-El patrimonio municipal del suelo.

-Régimen indemnizatorio por alteración del planeamiento.

-El régimen de las licencias urbanísticas.

-Actuaciones en contra del planeamiento.

-Obras públicas y disciplina urbanística.

-Medios de protección de la disciplina urbanística.

-La infracción urbanística. Procedimiento sancionador.

La realización de ejercicios prácticos y de trabajo en equipo formarán parte del desarrollo del contenido de este curso.

3. Destinatarios: el curso convocado tiene como destinatarios a los funcionarios de carrera de los grupos A y B, que estén en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o el de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico, pertenecientes a la Xunta de Galicia o a la Administración local gallega, así como el personal laboral de una o de otra Administración, de los grupos I y II, que se encuentren en posesión de cualquiera de los títulos anteriormente citados.

A los efectos de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que, en cumplimiento de lo dispuesto en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994, se determinan los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local, este curso se les valorará con dos puntos a aquellos alumnos aprobados que estén comprendidos dentro del ámbito de aplicación, de la citada normativa.

Siempre que existan plazas disponibles, porque no se han cubierto las convocadas entre el personal al que se refiere el primer apartado de este epígrafe, también podrán optar a la obtención del certificado de aprovechamiento profesionales liberales que dispongan del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, el de diplomado, o bien el de arquitecto o ingeniero técnico.

4. Plazas: el número de plazas es limitado.

5. Derechos de inscripción: los derechos de inscripción se fijan en las siguintes cuantías, según estos casos:

1. Doscientas mil pesetas (200.000 ptas.), para todos aquellos solicitantes que pertenezcan a las administraciones autonómica o local gallegas y que en el desempeño de su trabajo habitual realicen tareas que estén vinculadas con el urbanismo. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación que será expedida

por los secretarios generales, respectivamente, de la consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

El importe anterior lo podrán hacer efectivo los interesados de una sola vez, o en cuatro plazos, de cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.) cada uno, de acuerdo con la siguiente modalidad:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, deberá ingresarse en el momento de formalizar la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de 1999.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de 1999.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1999.

2. Trescientas mil pesetas (300.000 ptas.), para el resto de los solicitantes integrados en las administraciones autonómica o local gallegas, que no reúnan el requisito precedente.

La cuantía consignada se podrá hacer efectiva de una sola vez, o en cuatro plazos, y será de setenta y cinco mil pesetas (75.000 ptas.) cada uno, de acuerdo con la siguiente modalidad:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, se deberá ingresar en el momento en que se formalice la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de 1999.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de 1999.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1999.

3. Cuatrocientas mil pesetas (400.000 ptas.), para los demás peticionarios que no tengan la condición de personal al servicio de ninguna de las administraciones públicas anteriormente citadas.

El mencionado importe se podrá ingresar de una sola vez, o en cuatro plazos, de cien mil pesetas (100.000 ptas.) cada uno, de acuerdo con la forma que se determina a continuación:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, se deberá ingresar en el momento en que se formalice la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de 1999.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de 1999.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1999.

6. Forma de pago: el abono de las cantidades aludidas se efectuará, mediante cheque nominativo o transferencia, a la cuenta corriente de la EGAP de la Caixa de Galicia en la oficina de organismos de Santiago de Compostela, cuenta restringida nº 2091-03883110000520.

7. Incumplimiento de los plazos de pago: los alumnos que no hagan efectivo el importe de los derechos de inscripción, dentro de los plazos marcados para cada caso, perderán su condición de asistentes a este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cuantías ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción, solicitudes y documentos: para la participación en este curso se abre un plazo de inscripción, que finalizará el veintinueve de enero de 1999, para que las personas que figuran como destinatarias de este curso la puedan formalizar, según el modelo que figura en el anexo de esta convocatoria.

Para la formalización de la inscripción será preciso remitir el pertinente boletín con los siguientes documentos:

a) Si el peticionario es funcionario:

-Certificado de encontrarse en situación de servicio activo o de servicios especiales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de la Administración local gallega.

Este certificado debe ser expedido, según los casos, por el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

-Si el solicitante, en su trabajo habitual, realiza tareas que estén vinculadas con el urbanismo, certificado expedido por las personas señaladas en el párrafo que antecede, en el que se manifeste expresamente este aspecto.

-Certificado en el que se indique explícitamente que el interesado es funcionario de carrera del grupo A o B. Este documento lo deberán expedir los mismos funcionarios citados en los párrafos anteriores.

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

b) Si el peticionario es personal laboral:

-Certificado de pertenecer a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o a la Administración local gallega.

-Certificado en el que se haga constar expresamente que el interesado pertenece al grupo I o II.

Los dos anteriores documentos los debe expedir, según los casos, el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

-Si el solicitante, en su trabajo habitual, realiza tareas que estén vinculadas con el urbanismo, certificado expedido por las personas señaladas en el párrafo que antecede, en el que se manifieste expresamente este aspecto.

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

c) Para los restantes peticionarios:

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Currículum vitae.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

9. Criterios selectivos: si los solicitantes son funcionarios o personal laboral, los criterios selectivos para la admisión en este curso serán, por este orden, los siguientes:

1º Que exista una relación directa entre las tareas que realiza el interesado en el desempeño de su puesto de trabajo y la materia objeto de este curso.

2º Tener realizado, durante los últimos cinco años, un menor número de cursos relacionados con contenidos temáticos similares al que ahora se convoca.

3º La antigüedad, y como tal, se entiende la fecha de ingreso del interesado en la Administración pública.

De quedar plazas libres, después de hecha la selección entre el personal funcionario o laboral de cualquiera de las administraciones públicas gallegas indicadas anteriormente, el criterio selectivo de los restantes peticionarios, en los que no concurra la mencionada condición, será como se expresa a continuación:

-Gozarán de preferencia aquellos solicitantes que documentalmente acrediten que su actividad profe

sional mantiene relación con el urbanismo y puedan demostrar, a través de su currículum, una constatada experiencia en este campo (por ejemplo, publicaciones, cursos de especialización, trabajos de investigación, etc. vinculados con la materia expresada).

Toda la documentación que remitan los solicitantes, que no sea original, tendrá que venir debidamente cotejada.

En cualquier caso, esta convocatoria se regirá por los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública, publicados en el DOG nº 149, del 3 de agosto de 1994.

10. Certificado de aprovechamiento: para la superación de este curso y la obtención del acudido certificado de aprovechamiento, cada alumno deberá presentar un trabajo sobre una materia, que deberá aprobar previamente el director de esta actividad, y que tendrá relación con la temática de la actividad convocada.

La extensión mínima del trabajo será de 20 folios, excluidas citas y bibliografía, con un número de líneas por folio no inferior a 27, a doble espacio.

El plazo de entrega del trabajo se fijará durante la realización del curso y se les comunicará a los alumnos con tiempo.

La aprobación del repetido curso queda también supeditada a que los alumnos acudan con regularidad al mismo y que su asistencia a esta actividad suponga un porcentaje superior al 85% de las horas programadas. Los participantes que no alcancen aquel límite, sea cual sea la causa, quedarán eliminados con la pérdida de todos los derechos.

11. Desarrollo: el curso se realizará en la Escuela Gallega de Administración Pública, rúa de Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, comenzará el 2 de febrero de 1999 y acabará el día 24 de junio de 1999.

Su duración será de 160 horas, que se distribuirán a razón de 8 horas por semana, los martes y jueves, desde las 16.30 horas a las 20.30 horas.

12. Modificaciones: la EGAP se reserva para sí la facultad de interpretar y resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo de este curso, así como de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificasen su realización.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública