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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Jueves, 07 de enero de 1999 Pág. 144

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 23 de diciembre de 1998 por la que se aprueba el Plan de Inspección Sanitaria para 1999.

La Ley 1/1989, de 2 de enero, de creación del Servicio Gallego de Salud, en su artículo 4, regula las competencias que corresponden a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y, entre ellas, en el apartado m) le atribuye la inspección sanitaria del Sergas, sin perjuicio de las competencias de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

El Decreto 126/1992, de 14 de mayo, sobre ordenación de las funciones de la Inspección de la Comunidad Autónoma de Galicia refrenda dichas atribuciones y establece:

La necesidad de evaluar la actuación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios tanto desde el punto de vista de la calidad de la asistencia prestada, como del gasto realizado y del grado de cumplimiento de los objetivos que se les marquen a los centros.

El ejercicio de la tutela, control y evaluación eficiente sobre todos los centros, servicios y establecimientos y prestaciones sanitarias de titularidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La inspección y control de todos aquellos aspectos de atención sanitaria recogidos como derechos de los usuarios en la Ley general de sanidad.

El Decreto 48/1998, de 5 de febrero, contempla que a la Inspección Sanitaria le corresponde el ejercicio de las actuaciones de Inspección en lo relativo a los centros, servicios y establecimientos sanitarios civiles públicos y privados que desempeñen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma, así como, en este contexto, la evaluación de sus actividades con especial atención a las prestaciones del sistema sanitario público.

Teniendo en cuenta dichas consideraciones y siendo además que:

Dado que para llevar a cabo la actividad de inspección es imprescindible disponer de los recursos humanos suficientes y con formación adecuada, para su realización durante 1999 se utilizarán de manera integral y coordinadamente todos los efectivos de los que pueda disponer la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales a fin de cumplir adecuadamente los objetivos fijados.

Es necesario establecer el Plan de Inspección acorde con los cambios producidos y las nuevas tendencias surgidas en el ámbito de la actividad sanitaria orientándose asimismo hacia un papel incentivador y de colaboración al mismo tiempo respecto a los cometidos de gestión que competen al Servicio de Salud.

Las actividades de la Inspección Sanitaria de forma global deben contemplarse como garantes de la efi

cacia-eficiencia del sistema sanitario del que se trate.

En el momento actual adquiere transcendental importancia y relevancia la lucha contra el fraude centrada especialmente en el control de la incapacidad temporal y la prestación farmacéutica, evitando de ese modo las posibles desviaciones que puedan producirse en dichas prestaciones básicas.

Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 48/1998, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, y con objeto de conformar un marco general aplicable a todas las funciones de inspección atribuidas a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, resulta conveniente incluir en la presente orden, un apartado específico dedicado a la inspección en el ámbito de la salud pública.

Por todo ello, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 126/1992, de 14 de mayo, sobre ordenación de las funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios y en el artículo 10 del Decreto 48/1998, de 5 de febrero de 1998, a propuesta del secretario general,

DISPONGO:

Artículo único.-Se aprueba el Plan de Inspección Sanitaria para 1999, que figura como anexo a la presente orden.

Los servicios de inspección sanitaria de las direcciones provinciales remitirán antes del 31 de enero del año 2000 a la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales la memoria anual de las actividades de sus respectivos ámbitos competenciales.

Asimismo, la memoria anual de actividades de la Inspección Sanitaria correspondiente a 1999 se confeccionará acorde con los resultados obtenidos respecto de las actuaciones incluidas en el plan que se aprueba.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 1998.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

ANEXO

I.-Ámbito de la incapacidad temporal (I.T.) y de la salud laboral.

Fase final de la elaboración, puesta en marcha e implantación definitiva en todas las áreas de inspección sanitaria de la Comunidad Autónoma, de un nuevo programa informático de gestión y seguimiento de incapacidad temporal, que permita un adecuado control de dicha prestación.

(Programa de colaboración entre diferentes unidades de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Gallego de Salud).

Designación de un coordinador de I.T. al menos en cada una de las gerencias de atención primaria de la Comunidad Autónoma.

Realización de cursos de formación dirigidos a médicos de atención primaria para la actualización en la gestión, seguimiento y control de la incapacidad temporal. (1ª fase.- 7 ediciones, 210 facultativos de atención primaria).

Cumplimiento de los acuerdos asumidos por la Comunidad Autónoma con el I.N.S.S. dentro del pacto de financiación sanitaria para la reducción del absentismo por incapacidad temporal:

Subprogramas de reducción de la tasa global de absentismo tanto del personal de los centros propios del Sergas como de la población general.

Realizar entrevistas al 100% de los facultativos de atención primaria en materia de control de la incapacidad temporal, priorizando dichas entrevistas con los mayores prescriptores de bajas laborales.

Subprogramas de desarrollo de actividades de información en materia de incapacidad temporal para profesionales sanitarios de atención primaria.

Respuestas en los plazos legales establecidos al 100% de las propuestas de alta emitidas por las entidades gestoras y al 100% de las intenciones de alta implantadas por el R.D. 1117/1998.

Subprogramas de revisiones de todos los procesos de incapacidad temporal al alcanzar la duración estándar y de revisiones reglamentarias de todos los procesos.

Elaboración de una guía de las duraciones estándar teóricas de las patologías más frecuentes en Galicia susceptibles de provocar procesos de incapacidad temporal.

Programa especial y monográfico de control de absentismo por incapacidad temporal del personal de la Xunta de Galicia.

Regulación normativa y requisitos sanitarios para autorización-acreditación de los servicios de prevención de riesgos laborales que se constituyan en la Comunidad Autónoma. Realización de inspecciones a dichos servicios previas a su autorización sanitaria.

II.-Ámbito de la prestación farmacéutica.

Control de la calidad de la facturación de las recetas oficiales.

Verificación de la correcta cumplimentación de las recetas oficiales por los facultativos médicos.

Seguimiento de la utilización de los talonarios de recetas oficiales por parte de los colegiados médicos jubilados.

Realización de la segunda fase del programa de inspección y control de los depósitos de medicamentos y productos sanitarios en los establecimientos hospitalarios que carezcan de servicios de farmacia autorizados.

Control de los botiquines y depósitos de medicamentos en los centros sociosanitarios.

Realización de la segunda fase del programa de verificación de la presencia y actuación profesional

del farmacéutico en la dispensación de medicamentos al público y de la correcta identificación del personal facultativo y auxiliar en las oficinas de farmacia, como validación de la adecuada atención farmacéutica al usuario.

III.-Ámbito de conciertos.

Promover la concertación de la prestación de servicios socio-sanitarios en las áreas de Vigo y Pontevedra.

Promover la concertación de servicios de fisioterapia y rehabilitación funcional en el área sanitaria de Vigo.

Implantación de nuevos conciertos en el área sanitaria de Pontevedra para:

La realización de procesos asistenciales traumatológicos urgentes derivados de los hospitales Montecelo y Provincial.

La realización de procesos de cirugía potencialmente ambulatoria.

La prestación de asistencia sanitaria a pacientes procedentes de las listas de espera de los hospitales Montecelo y Provincial.

Informatizar la actividad derivada a centros concertados para tratamiento rehabilitador y logopedia en la provincia de Pontevedra.

Evaluación del CMBD en todos los centros concertados de la provincia de Pontevedra.

Evaluación del programa de cirugía mayor ambulatoria en el centro hospitalario Povisa.

Evaluación del grado de calidad asistencial en los centros concertados de la provincia de Pontevedra a partir del análisis de la historia clínica y del estudio de la cumplimentación del consentimiento informado.

Elaborar protocolos de control de calidad, con indicadores específicos a la singularidad de cada tipo de concierto, que sirva de base de trabajo para las visitas de inspección y control que se programen en la provincia de A Coruña para dichos centros concertados.

Implantación de un programa de seguimiento de la asistencia global y continuada por cada paciente atendido en la Fundación Centro Oncológico de Galicia.

Implantación de un programa especial de seguimiento de la facturación de la Fundación Centro Oncológico de Galicia.

Verificar el grado de implantación del consentimiento informado y codificación informes de alta en los centros concertados de la provincia de Orense.

Promover la actualización de los conciertos mediante el establecimiento de conciertos singulares en la provincia de Lugo.

Informatización de los datos de actividad remitidos a los hospitales concertados Polusa y Nuestra Señora de los Ojos Grandes.

Programa de cuantificación y estudio de reingresos habidos en hospitales del Sergas de pacientes intervenidos en centros concertados.

IV.-Ámbito de las prestaciones sanitarias no farmacéuticas, incluyendo la tutela de los derechos de los usuarios y la mejora de la calidad asistencial.

Actualización y revisión de la circular 1/1998 de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales sobre procedimiento disciplinario al personal facultativo del Servicio Gallego de Salud.

Análisis y estudio cuantitativos y cualitativos de las reclamaciones de los usuarios del Sergas a efectos de localizar las áreas y motivos que determinan la interposición de las mismas. Análisis especial de las reclamaciones de daños y perjuicios tramitadas a efectos de exigencia de responsabilidad patrimonial.

Fijar el tiempo medio de tramitación de los reintegros de gastos ortoprotésicos en 30 días en la provincia de Pontevedra.

Fijar el tiempo medio de tramitación de los reintegros de gastos por transporte sanitario en 20 días en la provincia de Pontevedra.

Implantar el registro de transporte sanitario programado, incluyendo el 100% de los usuarios de esta prestación en la provincia de Pontevedra.

Reducción del gasto en transporte programado dentro de la provincia de Pontevedra en un 15%.

Reducir las derivaciones fuera de la provincia de Pontevedra a centros ajenos al Servicio Público de Salud en un 40%.

Incrementar en la provincia de Pontevedra la cobertura asistencial dentro de la Comunidad Autónoma gallega hasta el 65% del total de las consultas y tratamientos que en la actualidad se derivan fuera de Galicia.

Consolidar el transporte sanitario colectivo en los desplazamientos para tratamientos prolongados y evaluar la calidad de los servicios prestados en la provincia de A Coruña.

Implantación de un programa único de facturación para todas las empresas de ambulancias en la provincia de A Coruña.

Puesta en marcha de un programa informático que permita realizar un control económico y de calidad del transporte sanitario en ambulancia en la provincia de A Coruña.

Puesta en marcha del aplicativo de reintegro de gastos de transporte sanitario.

Estudio y análisis de las posibilidades de concierto para el transporte sanitario en ambulancia en el ámbito de la provincia de A Coruña.

Puesta en marcha del aplicativo de reintegro de gastos de material ortoprótesico.

Seguimiento de la evolución mensual del número de visados y del gesto generado por la totalidad de los visados en la provincia de A Coruña.

Estudio y evaluación de un nuevo aplicativo informático para el control del visado.

Estudio y evaluación de un nuevo aplicativo informático para el control de los tratamientos domiciliarios con terapias ventilatorias.

Consolidar en las áreas sanitarias de Santiago y Ferrol los controles gasométricos de los pacientes en programa de oxigenoterapia domiciliaria.

Estudio y análisis del aumento progresivo y continuo del número de pacientes con terapias ventilatorias domiciliarias.

Estudio y evaluación de un nuevo aplicativo informático para el control de los reintegros de gastos de medicina privada.

Reducir el consumo de tiras reactivas de glicemia en la provincia de Ourense.

Disminuir al máximo en la provincia de Ourense el desvío de pacientes por falta de camas en centros propios, una vez consolidada la gerencia única del complejo hospitalario ourensano.

Estudio de la canalización de pacientes a servicios sanitarios extraprovinciales en la provincia de Ourense.

Evaluación de la demanda asistencial mediante el estudio de las solicitudes de reintegro de gastos en la provincia de Ourense.

Puesta en funcionamiento del programa de oxigenoterapia y revisar el 30% del total de pacientes en oxigenoterapia en la provincia de Lugo.

Reducir a un máximo de 40 días la tramitación de expedientes de reintegro de gastos por desplazamientos en la provincia de Lugo.

Encuesta de satisfacción del usuario a los pacientes remitidos a los centros concertados de fisioterapia, cirugía maxilofacial y logopedia de la provincia de Lugo.

Evaluación y análisis de los criterios en base a los que se prescribe transporte sanitario programado, así como la utilización que de los mismos se realiza por parte de los facultativos del Servicio Gallego de Salud.

Evaluación y análisis de las derivaciones que se producen desde los centros del Servicio Gallego de Salud a clínicas privadas en aquellos supuestos en los que existe un tercero obligado al pago de la asistencia sanitaria.

Evaluación y análisis de las prestaciones que se realizan en oxigenoterapia a través de servicios concertados.

V.-Ámbito de la evaluación sanitaria y de la autorización y acreditación de centros sanitarios.

Realización de la 2ª fase de inspección de los centros sanitarios públicos y privados de reproducción humana asistida.

Programa específico de evaluación e inspección de los centros sanitarios públicos de reproducción humana asistida autorizados en 1998.

Evaluación de la cartera de servicios de todos los centros del Sergas tanto de atención especializada como de atención primaria.

Evaluación de la actividad llevada a cabo por los servicios de rehabilitación de los hospitales del Sergas durante el bienio 1997-1998.

Regulación normativa y requisitos exigibles para la autorización sanitaria de los establecimientos de ortopedia de la Comunidad Autónoma.

Actualización y revisión de la normativa reguladora actualmente vigente en la Comunidad Autónoma sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Subprograma de revisión del registro de centros sanitarios de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

Elaboración de regulación normativa, puesta en marcha e implantación de un programa de acreditación sanitaria de centros hospitalarios tanto públicos como privados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Programa de inspecciones de seguimiento y control a diversos centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma.

Subprograma especial de promoción de legalización administrativa de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma.

Continuación del programa especial de promoción de las autorizaciones sanitarias de los establecimientos balnearios.

(Programa de colaboración entre diferentes unidades de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales).

VI.-Ámbito de salud pública.

1. Plan de inspección de actuaciones preventivas.

Control de la publicidad del tabaco mediante inspección mensual del 100% de las vallas y mobiliario urbano definido como en el programa gallego de promoción de la vida sin tabaco.

Inspección del 100% de los locales con máquinas de venta de tabaco definidos como en el programa gallego de promoción de la vida sin tabaco.

Tramitación del 100% de las denuncias en materia de publicidad o venta de tabaco que se realicen por terceros.

2. Plan de protección de la salud frente a riesgos generales.

Inspección del 100% de las industrias alimentarias sujetas a la obligación de inscripción en el Registro Sanitario de Alimentos.

Control documental diario en salas de despiece de carnes.

Control documental semanal en almacenes frigoríficos de carne.

Control documental mensual en centros de depuración y/o expedición y cocederos de moluscos bivalvos.

Control documental bimestral en cocederos de mariscos (crustáceos y angulas).

Control documental trimestral en industrias cárnicas; lácteas; huevos y ovoproductos; aguas de bebida envasada y demás industrias alimentarias sin implantación de programas de autocontrol.

Toma de muestras y análisis de productos en mercado.

Toma de muestras y análisis, cada dos o tres meses, en depuradoras y cocederos, tanto bivalvos como de crustáceos y angulas.

Tramitación do 100% de las redes de alerta comunicadas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).

Cumplimiento del 100% de los muestreos y análisis del Plan Nacional de Investigación de Residuos.

3. Plan de protección de la salud frente a riesgos específicos.

Inspección del 100% de los establecimientos de actividades de ocio.

Cámpings y campamentos juveniles.

Restauración colectiva.

Piscinas de uso colectivo.

Inspección y toma de muestras de agua del 100% de las zonas de baño marítimas y fluviales.

Inspección del 100% de los centros escolares y guarderías infantiles.