El Ayuntamiento de Mos, en sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de abril de 1998 adoptó el acuerdo relativo a la reclasificación de los puestos de secretaría y de intervención del ayuntamiento en clase primera.
En la actualidad, dichos puestos de trabajo del Ayuntamiento de Mos, están clasificados en clase 2ª, de conformidad, con lo previsto en el artículo 2 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
El artículo 7 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, establece que los ayuntamientos en los que concurran una serie de características, podrán ser clasificados en clase superior a la que les corresponda, según el artículo 2 del mismo real decreto, por instancia de la corporación interesada.
Asimismo, en las corporaciones locales con secretaría de clase primera, de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del Real decreto 1732/1994, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, reservado a funcionarios/as pertenecientes a la subescala de Intervención-Tesorería.
Por todo ello, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en el Ayuntamiento de Mos, de acuerdo con la información y documentación que obra en el expediente, en aplicación de lo establecido en los artículos 7 y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de la atribución del artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Los puestos de trabajo de Secretaría, Intervención y de Tesorería del Ayuntamiento de Mos, provincia de Pontevedra, reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, se clasifican conforme se determina en el anexo que se adjunta a esta orden.
Segundo.-De conformidad con la disposición adicional primera del Real decreto 1732/1994, de 24
de julio, la modificación de la clasificación a la que se refiere la presente orden no afectará al destino de los/as funcionarios/as que viniesen desempeñando el puesto con carácter definitivo,
Contra esta orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, después de comunicarlo a esta consellería según lo previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 28 de octubre de 1998.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración
Pública
ANEXO
Puestos de trabajo de funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Mos (Pontevedra):
Puesto: Secretaría.
Clase: primera.
Subescala: Secretaría.
Categoría: superior.
Puesto: Intervención.
Clase: primera.
Subescala: Intervención-Tesorería.
Categoría: superior.
Puesto: Tesorería.
Subescala: Intervención-Tesorería.