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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Miercoles, 12 de agosto de 1998 Pág. 9.309

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 237/1998, de 30 de julio, por el que se adscriben al Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia y a la sociedad pública Xenética Fontao S.A. los bienes y derechos que integran el Centro de Selección y Reproducción Animal de Fontao (Lugo).

La Comunidad Autónoma de Galicia ostenta la titularidad del inmueble donde se ubica el Centro de Selección y Reproducción Animal de Fontao, situado

en la parroquia de Esperante, término municipal de Lugo, en virtud del Real decreto 1099/1985, de 5 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de centros nacionales de selección y reproducción animal.

Con fecha 7 de julio de 1998, la sociedad pública Xenética Fontao, S.A., empresa participada mayoritariamente por el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia (ILGG), organismo autónomo de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, solicitó la adscripción de los bienes y derechos que integran el Centro de Selección y Reproducción Animal de Fontao. Con la misma fecha, el ILGG solicitó la adscripción de la segunda planta del edificio destinado a oficinas administrativas integrado en el citado centro.

La Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, que tiene adscritos los bienes y derechos que integran dicho centro, con la calificación de bienes de dominio público, informó favorablemente las adscripciones solicitadas.

Vistos los informes de la Asesoría Jurídica Delegada de la Consellería de Economía y Hacienda y de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Galicia de fecha 29 de julio de 1998.

A la vista de lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 20 y 21, en relación con el 31 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de dicha ley, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de julio de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se adscriben a la sociedad pública Xenética Fontao, S.A. los bienes y derechos que integran el Centro de Selección y Reproducción Animal de Fontao, situado en la parroquia de Esperante, término municipal de Lugo, es decir, los inmuebles del centro y sus pertenencias (bienes muebles, animales y material genético), con el fin de su gestión y la explotación del material genético, en el ámbito del objeto social de la citada sociedad, que comprende toda clase de asesoramiento y servicios a las personas y organizaciones dedicadas a la mejora genética del ganado vacuno.

2. No obstante lo anterior, la segunda planta del edificio dedicado a oficinas en el Centro de Selección y Reproducción Animal de Fontao se adscribe al Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia, con el fin de que sea destinado a dependencias administrativas del mismo.

3. La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el presente decreto.

Santiago de Compostela, treinta de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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