El artículo 8 de la Orden de 28 de enero de 1998, por la que se regula la concesión de subvenciones a empresas privadas para acciones de promoción de la lengua gallega (DOG del 3 de marzo), establece la composición de la comisión de evaluación que será competente para la valoración del informe-propuesta de concesión, denegación o exclusión, en su caso, de las subvenciones.
Al haber comunicado el titular de la Jefatura de la Sección de Gestión y Coordinación Lingüística, miembro de la mencionada comisión, su abstención de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.2º a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,
DISPONGO:
1. Procede la abstención del titular de la jefatura de la Sección de Gestión y Coordinación Lingüística del Servicio de Gestión y Promoción Lingüística de la Dirección General de Política Lingüística.
2. El titular de la Jefatura del Servicio de Planes y Programas de Enseñanza de la Lengua Gallega de
la Dirección General de Política Lingüística queda nombrado miembro de la comisión de evaluación prevista en el artículo 8 de la Orden de 28 de enero de 1998, por la que se regula la concesión de subvenciones a empresas privadas para acciones de promoción de la lengua gallega (DOG del 3 de marzo), y que será competente para la valoración del informe-propuesta de concesión, denegación o exclusión, en su caso, de las subvenciones.
Santiago de Compostela, 2 de julio de 1998.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
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