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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Miercoles, 10 de junio de 1998 Pág. 6.445

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 22 de abril de 1998, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de las propuestas de resolución que formula la instructora de los expedientes sancionadores de pesca fluvial que se citan, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados, cuyos datos personales y la última dirección conocida se señalarán a continuación, las propuestas de resolución de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 51, del 5 de agosto).

Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle Florentino L. Cuevillas, 4-6 bajo, entresuelo y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.

Vistas todas las actuaciones, el órgano competente por razón del tipo de infracción presuntamente cometida, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LRJPA y en el 40.3º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial, dictará la resolución que será notificada oportunamente.

Ourense, 22 de abril de 1998.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº expediente: 207/97 P.

Nombre y apellidos del denunciado: Julio Rodríguez Pérez.

Última dirección conocida: Moimenta-Celanova-Ourense.

Hecho denunciado: no respetar prescripciones.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.9º de la Ley de pesca fluvial.

Sanción propuesta: 25.000.

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