De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE
del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), se notifica a los denunciados, con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de caza 1/1970, de 4 de abril (BOE del 6 de abril) y de su reglamento, Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE del 30 de marzo). Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.
Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle Florentino L. Cuevillas, 4 y 6 bajo, Ourense, y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.
De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.
Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.
El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el Decreto 5/1987, de 14 de enero, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Ourense, 22 de abril de 1998.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº expediente: 88/97 C.
Nombre y apellidos del denunciado: Óscar Rubén Álvarez Doval.
Última dirección conocida: calle Bedoya, 24-26, 5º D, Ourense.
Hecho denunciado: cazar sin licencia.
Precepto infrinxido y sancionador: 48.2º.1 del Reglamento de caza.
Sanción propuesta: 3.500.
Instructora: Mª Rosa Rodríguez Cougil.
Nº expediente: 109/97 C.
Nombre y apellidos del denunciado: José González Lamenlas.
Última dirección conocida: calle dos Remedios, 46 baixo, Ourense.
Hecho denunciado: cazar sin poseer el seguro obligatorio.
Precepto infringido y sancionador: 48.3º.53 del Reglamento de caza.
Sanción propuesta: 2.000.
Instructora: Mª Rosa Rodríguez Cougil.
Nº expediente: 129/97 C.
Nombre y apellidos del denunciado: Manuel Botana bello.
Última dirección conocida: Cacheiras Rajo, 113, Teo (A Coruña).
Hecho denunciado: cazar sin licencia.
Precepto infringido y sancionador: 58.2º del Reglamento de caza.
Sanción propuesta: 100.001.
Instructora: Mª Rosa Rodríguez Cougil.
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