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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miercoles, 25 de marzo de 1998 Pág. 2.949

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 1998, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión del convenio colectivo de ámbito provincial para el sector del comercio de alimentación.

Visto el texto del acuerdo firmado el día 27-1-1998 por la comisión negociadora del convenio colectivo para el sector del comercio de alimentación (código 2700155), para la provincia de Lugo, integrada por la representación de la Asociación de Empresarios Mayoristas de Alimentción de Lugo y por la central sindical USO, mediante el que se acuerda aprobar la tabla salarial para el año l998, en el ámbito del referido convenio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo. Esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto del mencionado acuerdo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 10 de febrero de l998.

José María Fernández Olea

Delegado provincial de Lugo

ACTA

Asistentes:

Por la parte empresarial:

-Asociación de Empresarios Mayoristas de Alimentación de Lugo:

Juan Bautista Prado Carreira.

Cesáreo López Beltrán.

Susana López Amarante.

Luis García Cobreros.

Miguel Cortón Eiros (este último en representación de Congelados Troulo, S.L., en sustitución de Ángel Pagés Sández).

Por las centrales sindicales:

-USO (51,5%):

Manuel Expósito López.

Jesús Cantero Pérez.

Virginia Alonso González.

Elena Fernández López.

Manuel Belver Belver.

Benjamín Valcarce Resco.

En Lugo, siendo las 18 horas del día 27 de enero de 1998, se reúnen en los locales de la CEL (Plaza de Santo Domingo, nº 6-8, 2º de Lugo) las personas relacionadas, todas ellas integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Coelctivo Provincial de Comercio de Alimentación de la provincia de Lugo, al objeto de proceder a la elaboración de la tabla salarial que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1998, conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 12 del convenio colectivo de comercio de alimentación de Lugo vigente.

Después de las deliberaciones pertinentes se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Aprobar la tabla salarial anexa que entrará en vigor el 1 de enero de 1998.

Segundo.-Sobresueldo de transporte. Los trabajadores afectados en el convenio colectivo de comercio de alimentación de Lugo percibirán durante el año 1998 la cantidad de 362 pesetas por día de trabajo efectivo. Este sobresueldo de transporte tendrá carácter extrasalarial y, por tanto, no será cotizable a efectos de Seguridad Social.

Tercero.-Los atrasos, por diferencia de salarios, producidos como consecuencia de la publicación de las tablas salariales aprobadas por la presente acta se harán efectivo en los 30 días siguientes a la publicación de la presente acta.

Cuarto.-Remitir la presente acta y las tablas salariales anexas a la autoridad laboral competente a los efectos legales oportunos.

Y en prueba de conformidad, firman la presente acta los arriba reseñados, en lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Rubricado

Tabla salarial convenio de comercio

de alimentación de Lugo

Vigencia: 1-1-1998 al 31-12-1998

Categoría profesional

Sueldo

mensual

Plus

Transp.

Retribuc.

anual

Antig. Consol.

Cuatrien./mes

-Grupo I
Director109.4653621.795.8965.361
Encargado general102.5503621.688.7135.022

-Grupo II
Jefe de división103.9323621.710.1345.090
Jefe de personal102.5503621.688.7135.022
Jefe de compras102.5503621.688.7135.022
Jefe de ventas102.5503621.688.7135.022
Jefe de sección99.1293621.635.6884.855
Jefe de sucursal o supermercado96.2063621.590.3814.711
Jefe de almacén96.2063621.590.3814.711
Jefe de grupo96.2063621.590.3814.711
Encargado establecimiento,

vendedor, comprador

90.9983621.509.6574.456
Jefe administrativo98.1813621.620.9944.808
Jefe de sección administrativa94.2273621.559.7074.614

Categoría profesional

Sueldo

mensual

Plus

Transp.

Retribuc.

anual

Antig. Consol.

Cuatrien./mes

Jefe de sección servicios92.9123621.539.3244.550

-Grupo III
Corredor de plaza o vigilante89.2813621.483.0444.372
Dependiente90.5823621.503.2094.436
Dependiente mayor96.9473621.601.8674.748
Ayudante83.0213621.386.0144.066
Contable91.6853621.520.3064.490
Oficial administrativo u

operador de máquinas contables

90.5823621.503.2094.436
Auxiliar administrativo o

perforista

82.8863621.383.9214.059
Profesional de oficio de 1ª88.1563621.465.6064.317
Profesional de oficio de 2ª85.9633621.431.6154.210
Mozo especializado82.8863621.383.9214.059
Mozo79.4903621.331.2833.893
Empaquetador79.4903621.331.2833.893
Cobrador87.3253621.452.7264.276
Vigilante, sereno, ordenanza,

portero

79.4903621.331.2833.893
Auxiliar de caja81.0343621.355.2153.968

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