Visto el expediente de la revisión salarial para el año 1998 del convenio colectivo del sector de industrias vinícolas, licoreras, sidreras y su comercio, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 18-2-1998, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Mayoristas y Embotelladores de Vino y de la parte social por UGT y CC.OO. el día 18-2-1998, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 26 de febrero de 1998.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo de industrias vinícolas, licoreras, sidreras, y su comercio, de la provincia de A Coruña.
-Parte empresarial:
Eduardo Manzano García
-Parte social:
Fernando Vázquez UGT
Alfonso Quintana CC.OO.
Siendo las 13 horas del día 18 de febrero de 1998 en los locales del sindicato UGT, se reúnen los miembros de dicha comisión con el fin de aprobar la revisión salarial pactada en el convenio colectivo del año 1997. Dado que el IPC previsto por el gobierno para el año 1998 es del 2,1% y el incremento pactado fue de un 0,3% por encima del IPC previsto, procede aumentar la tabla salarial en un 2,4%, el cual se hará efectivo con carácter retroactivo a 1 de enero de 1998 y se reflejará en las tablas anexas para añadir al convenio colectivo.
Asimismo, se autoriza a Fernando Vázquez, para que proceda a su registro y publicación.
Siendo las 13.30 horas se levanta la sesión y se firma esta acta en señal de conformidad.
ANEXO I
Tablas salariales do convenio industrias
vinícolas 1998 y otros conceptos retributivos
Art. 22º. Revisión 1998
Categorías mensual anual
Salario
Salario
Grupo A (técnicos) Jefe superior 205.791 3.030.383
1º técnico titulado Titulado superior 185.212 2.742.277 Titulado medio 164.637 2.454.227 Titulado inferior 131.708 1.993.221
2º técnico no titulado Encargado general bodega 144.058 2.166.121 Encargado laboratorio 115.243 1.762.711 Ayudante laboratorio 98.782 1.532.257 Auxiliar laboratorio 90.549 1.416.995
Grupo B (administrativos) Jefe superior 205.791 3.030.383 Jefe de primera 164.637 2.454.227
Categorías mensual anual
Salario
Salario
1º Profesional oficio:Jefe de segunda 144.058 2.166.121 Oficial de primera 107.013 1.647.491 Oficial de segunda 98.782 1.532.257 Auxiliar 90.548 1.416.995 Aspirantes de 16 a 17 años 69.970 1.128.889
Grupo C (comerciales) Jefe superior 205.791 3.030.383 Jefe de ventas 123.477 1.877.987 Inspector de ventas 111.130 1.705.129 Corredor en plaza 102.896 1.589.853 Viajante 102.896 1.589.853
Grupo D (subalternos) Conserje 96.282 1.497.257 Subalterno 1ª 91.697 1.433.067 Subalterno 2ª 89.026 1.395.673 Subalterno auxiliar 86.433 1.359.371 Mozo y recadero de 16 a 17 años 65.852 1.071.237 Personal limpieza 82.316 1.301.733 Personal limpieza 342 ptas./h
Grupo E (obreros)
Capataz de bodega 3.525 1.654.484 Encargado de sección 3.390 1.596.839 Oficial 1ª 3.254 1.538.883 Oficial 2ª 3.118 1.480.695 Oficial 3ª 2.852 1.367.113
2º Oficios auxiliares: Oficial 1ª 3.524 1.538.767 Oficial 2ª 3.118 1.480.695 Peón especializado 2.852 1.367.113 Peón 2.807 1.347.898 Pinche de 16 a 17 años 2.385 1.167.704
Antigüedad (valor bienio) 4.183 ptas.
Gratificación patronal sector 46.472 ptas.
Plus asistencia (valor diario) 413 ptas.
1944