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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Miercoles, 17 de diciembre de 1997 Pág. 12.169

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

NOTIFICACIÓN de 17 de noviembre de 1997, de la Delegación Provincial de Ourense, de las resoluciones de los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de caza, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios (expediente 54/96 C y cinco más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionatorios acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de caza 1/1970, de 4 de abril (BOE del 6 de abril) y de su reglamento, Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE del 30 de marzo).

El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectiva en la cuenta 44030/003918-8 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso que se facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, salvo la presentación del recurso pertinente. En caso contrario se procederá a su cobro por vía ejecutiva.

Conviene señalar que para obtener o renovar la licencia de caza será requisito imprescindible acreditar haber abonado la multa que corresponda, una vez sea firme la resolución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.

Ourense, 17 de noviembre de 1997.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº Expte.

Nombre y apellidos del denunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciado

Precepto infringido

y sancionador

Sanción

impuesta

54/96CJorge JoséCuña de Arriba-Mariñamansa, OurenseProcedimientos de caza prohibidosArt. 6.2º del R.D.

1095/1989

25.000

63/96CJosé Antonio Míguez GómezFontedosa-MontederramoCazar sin llevar documentaciónArt. 48.3.43 de la

Ley de caza

2.000

105/96CAntonio Rodríguez Rodríguezc/ Caride Vallellano, 57-2º, O CarballiñoCazar con perros en vedaArt. 48.2.24 de la

Ley de caza

3.500

Nº Expte.

Nombre y apellidos del denunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciado

Precepto infringido

y sancionador

Sanción

impuesta

40/97CÁngel Pacio Gonzálezc/ Jesús Soria, 21-4º, OurenseCazar sin permiso de cotoArt. 48.1.8 de la

Ley de caza

5.000

57/97CManuel Álvarez RodríguezSobrado-Trios-O Pereiro de AguiarPerros incontrolados en época de vedaArt. 48.2.24 de la

Ley de caza

5.000

60/97CUrbano Catalán CatalánCrta. Tibias, 22, Santomé, O Pereiro de AguiarPerro incontrolado en época de vedaArt. 48.2.24 de la

Ley de caza

3.500

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