De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionatorios acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de caza 1/1970, de 4 de abril (BOE del 6 de abril) y de su reglamento, Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE del 30 de marzo).
El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectiva en la cuenta 44030/003918-8 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso que se facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, salvo la presentación del recurso pertinente. En caso contrario se procederá a su cobro por vía ejecutiva.
Conviene señalar que para obtener o renovar la licencia de caza será requisito imprescindible acreditar haber abonado la multa que corresponda, una vez sea firme la resolución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.
Ourense, 17 de noviembre de 1997.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº Expte. Nombre y apellidos del denunciado Último domicilio conocido Hecho denunciado y sancionador impuesta
Precepto infringido
Sanción
1095/1989
Ley de caza
Ley de caza54/96C Jorge José Cuña de Arriba-Mariñamansa, Ourense Procedimientos de caza prohibidos Art. 6.2º del R.D.
25.000
63/96C José Antonio Míguez Gómez Fontedosa-Montederramo Cazar sin llevar documentación Art. 48.3.43 de la
2.000
105/96C Antonio Rodríguez Rodríguez c/ Caride Vallellano, 57-2º, O Carballiño Cazar con perros en veda Art. 48.2.24 de la
3.500
Nº Expte. Nombre y apellidos del denunciado Último domicilio conocido Hecho denunciado y sancionador impuesta
Precepto infringido
Sanción
Ley de caza
Ley de caza
Ley de caza40/97C Ángel Pacio González c/ Jesús Soria, 21-4º, Ourense Cazar sin permiso de coto Art. 48.1.8 de la
5.000
57/97C Manuel Álvarez Rodríguez Sobrado-Trios-O Pereiro de Aguiar Perros incontrolados en época de veda Art. 48.2.24 de la
5.000
60/97C Urbano Catalán Catalán Crta. Tibias, 22, Santomé, O Pereiro de Aguiar Perro incontrolado en época de veda Art. 48.2.24 de la
3.500
9634