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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Lunes, 17 de noviembre de 1997 Pág. 11.051

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 4 de noviembre de 1997 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Juan Cochón Carballo.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Juan Cochón Carballo, con domicilio en Pontevedra.

Supuestos de hecho.

1. Juan José Piñeiro Cochón, en su calidad de presidente del patronato de la fundación, en escrito de once de junio de 1997, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Pontevedra, el día quince de mayo de 1997, ante el notario del Colegio de A Coruña, Rafael Sanmartín Losada con el número mil sesenta y cinco de su protocolo, por Juan Cochón Carballo, Juan José Piñeiro Cochón, Juan José García Cochón, Ángel García Cochón, Adela Andrade Cochón, Ana María García Polo y Rosario Cochón Castro intervienen todos en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo seis de sus estatutos el objeto de la fundación es la promoción de actividades culturales y sociales, en las que destaca de

forma especial todo lo relacionado con la agricultura y educación de los vecinos de Salcedo, ayuntamiento de Pontevedra.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Juan Cochón Carballo como presidente de honor, Juan José Piñeiro Cochón como presidente, Juan José García Cochón como vicepresidente, Ana María García Polo como secretaria y Rosario Cochón Castro, Adela Andrade Cochón y Ángel García Cochón como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Juan Cochón Carballo, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1 y 2 del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura y comunicación Social.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2.c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 27 de octubre de 1997.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Juan Cochón Carballo adscribiéndola a la Consellería

de Cultura y Comunicación Social, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 1997.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia

y Administración Pública

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