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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miercoles, 24 de septiembre de 1997 Pág. 9.480

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 257/1997, de 18 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Nogueira de Ramuín (Ourense), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto C.V. 323, Ponte dos Gozos-Parada do Sil, número 5 RVL/97.

El Ayuntamiento de Nogueira de Ramuín (Ourense), en sesión celebrada el día 10 de enero de 1997, aprobó el proyecto de C.V. 323 Ponte dos Gozos-Parada do Sil, nº 5 RVL/97 y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 22 de agosto de 1997, nº 11622.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 11 de septiembre de 1997, nº 12479.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque el tramo incluido en el proyecto es el comprendido entre la entrada al monasterio de Santo Estevo y Loureiro. Este tramo presenta peligrosas curvas y está entre otros dos ya ampliados con cargo a planos anteriores, que reúnen características geométricas mucho mejores que las del proyecto que nos ocupa. Este hecho es causa de peligro y de accidentes para los vehículos y omnibus que recorren una ruta tan emblemática e importante para la provincia como es la de Ribeira Sacra, especialmente numerosos en las épocas de vacaciones.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación correponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión

del día dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Nogueira de Ramuín (Ourense), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto C.V. 323 Ponte dos Gozos-Parada do Sil, nº 5 RVL/97.

Santiago de Compostela, dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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