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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miercoles, 24 de septiembre de 1997 Pág. 9.480

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 258/1997, de 18 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de recuperación del cauce y ordenación de márgenes para la mejora de la calidad de agua del río Louro en O Porriño.

El Ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), en sesión celebrada el día 30 de octubre de 1995, aprobó el proyecto de recuperación del cauce y ordenación de márgenes para la mejora de calidad del agua del río Louro en O Porriño y, en la sesión celebrada el día 21 de junio de 1996, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 27 de febrero de 1997, nº 2487.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 12 de noviembre de 1997, nº 11788.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque el grave problema de calidad que presentan tanto las aguas como el cauce y riberas del río Louro, se debe principalmente a la presión ejercida

en las zonas urbanas e industrias de O Porriño.

Para la recuperación de la calidad de las aguas en los tramos del río especialmente degradados, es necesario acometer recuperaciones del cauce y de sus márgenes, porque la actual sección del río es insuficiente en determinadas épocas del año cuando la pluviometría es intensa, por lo que la sección de encauzamiento que ahora se proyecta paliará los desbordamientos en la zona; por otra parte entre las obras a realizar se encuentra la demolición del puente existente, construyéndose otro en su lugar de un vano de 25 metros de luz, ya que el existente es ineficaz hidráulicamente; este nuevo puente garantizará una adecuada capacidad hidráulica, solucionando así los continuos atascos que se producen en el existente con el consiguiente desbordamiento de aguas e inundaciones en la zona.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación correponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de recuperación del cauce y ordenación de márgenes para la mejora de la calidad del agua del río Louro en O Porriño.

Santiago de Compostela, dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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