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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Jueves, 11 de septiembre de 1997 Pág. 9.027

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 1997, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por la que se resuelve el expediente 332, que afecta al monte de Abeleiras, del lugar de Abeleiras, parroquia de Baos, municipio de Mazaricos, de esta provincia.

Reunido con fecha 20 de junio de 1997 el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, para estudiar y resolver el expediente para la calificación como vecinal en mano común del monte de las siguientes características:

Expediente: 332.

Monte: de Abeleiras.

Lugar: Abeleiras.

Parroquia: Baos.

Municipio: Mazaricos.

Superficie: 29,75 ha.

Linderos:

Parcela I: superficie 23,25 ha. Es la parcela II del monte Baos, nº 103-C del C.U.P. Norte: del piquete nº 50 al 62 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los vecinos de Abeleiras.

Este: del piquete nº 62 al 72 siguiendo el orden de piquetes, con monte de Alborés y propiedades particulares de los vecinos de Abeleiras. Sur: del piquete nº 72 al 73, con propiedades particulares de los vecinos de Abeleiras. Oeste: del piquete nº 73 al 79 siguiendo el orden de piquetes, del 79 al 48, de éste último al 50 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los vecinos de Abeleiras.

Parcela II: superficie 6,50 ha. Es parte del monte "Aro", nº 103-B del C.U.P. Norte: del marco Azul situado a 50 m del piquete nº 127 en la línea del deslinde en dirección al nº 126, hasta el piquete nº 127, de éste al 132 siguiendo el orden de piquetes, y de éste al 1, con propiedades de los vecinos de Abeleiras. Este: del piquete nº 1 al 4 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades de los vecinos de Vilar de Castro. Sur: del piquete 4 al 121 siguiendo una línea recta de unos 200 m, y de éste al 122, con resto del monte Aro y propiedades de los vecinos de Lago. Oeste: del piquete nº 122 siguiendo 84 m por el muro de tierra hasta el marco Blanco, sigue 114 m por el muro de tierra hasta el marco Negro, y de éste 50 m por el muro de tierra hasta el marco Azul, a unos 50 m del piquete nº 127 en la línea del deslinde, con resto del monte Aro.

El expediente se inicia mediante acuerdo del jurado de fecha 26 de febrero de 1996, a instancia de los vecinos del lugar de Abeleiras, parroquia de Baos, municipio de Mazaricos, nombrándose como instructor a Juan Ramón Beneyto Bellas, y tramitándose de acuerdo con las formalidades legales y reglamentarias exigidas principalmente por la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común y su reglamento de aplicación aprobado por el Decreto 260/92, de 4 de septiembre, ambos de la Comunidad Autónoma de Galicia, Ley de procedimiento administrativo y demás disposiciones aplicables al caso.

El jurado, en su deliberación, acepta la propuesta del instructor al mismo tiempo que acuerda su incorporación al expediente, y de acuerdo con los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos en la misma, y en especial por la comprobación de que el monte cumple los requisitos para su calificación como vecinal en mano común, es decir, su pertenencia a agrupaciones de vecinos en su calidad de grupos sociales, no como entidades administrativas, y su aprovechamiento consuetudinario en régimen de comunidad, sin asignación de cuotas por los miembros de cada agrupación en su condición de vecinos comuneros. Por eso, en esta fecha,

ACUERDA:

Calificar como monte vecinal en mano común de la comunidad vecinal del lugar de Abeleiras, parroquia de Baos, municipio de Mazaricos, el denominado monte de Abeleiras, con los linderos, superficie y características citados. Asimismo acuerda excluir el declarado del inventario de bienes del ayuntamiento y del catálogo de los de utilidad pública, si en ellos estuviese inscrito, incluyéndolo en el Registro de Montes Vecinales en Mano Común que figura en la Delegación

de Agricultura, Ganadería y Montes de A Coruña.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, según la hasta ahora vigente Ley de procedimiento administrativo.

A Coruña, 20 de junio de 1997.

Vº Bº

Rogelio Aramburu Núñez

Presidente del Jurado Provincial de Montes

Vecinales en Mano Común de A Coruña

Manuel Puente Araújo

Secretario del Jurado Provincial de Montes

Vecinales en Mano Común de A Coruña

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