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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Viernes, 08 de agosto de 1997 Pág. 7.717

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 205/1997, de 24 de julio, por el que se acuerda la mutación demanial del inmueble conocido como Instituto Mixto da Xunqueira, sito en la calle Xunqueira, 2, término municipal de Redondela (Pontevedra).

A través del Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación (BOE nº 182, del 31 de julio), fue transferido el inmueble denominado Instituto de Bachillerato Mixto, sito en la calle Xunqueira, 2, término municipal de Redondela (Pontevedra).

Mediante el Decreto 114/1982, de 1 de septiembre, sobre asunción y asignación de competencias (DOG nº 20, del 15 de octubre de 1982), se adscribe a la Consellería de Educación dicho inmueble. En la actualidad, después de los distintos cambios en la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, se encuentra adscrito a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Puesto de manifiesto por la antedicha consellería que el inmueble no resulta necesario en la actualidad para el ejercicio de sus competencias y constando la petición suscrita por la Consellería de Cultura y Comunicación Social en la que solicita su adscripción para ubicación de un edificio multiusos para fines culturales, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega acordar la mutación de destino del inmueble descrito en el encabezamiento.

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Acordar la mutación de destino del inmueble conocido como Instituto de Bacharelato Mixto, sito en la calle Xunqueira, 2, término municipal de Redondela (Pontevedra), con el fin de destinarlo a edificio multiusos para fines culturales por la Consellería de Cultura y Comunicación Social.

Artículo 2º

Adscribir el citado inmueble a la Consellería de Cultura y Comunicación Social, que ostentará las facultades de administración, gestión y conservación del mismo.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para dar efectividad a lo dispuesto en el presente decreto.

Santiago de Compostela, veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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